
Fue sentenciada a 20 años de cárcel, pero por un problema de salud solicitó que se la traslade a Santo Tomé. Permanecerá en la casa de su hijo.
El Tribunal Oral Federal de Corrientes le otorgó la prisión domiciliaria a Hilda Calabrese, condenada en abril pasado a 20 años de prisión por haber sido considerada partícipe y organizadora del tráfico de cocaína por medio de vuelos clandestinos desde Bolivia hasta su estancia, en el departamento de Santo Tomé. Tras este fallo, la mujer de 61 años fue trasladada a la Unidad Penitenciaria Provincial III de la ciudad de Corrientes -Instituto Pelletier- para que se haga efectiva la pena, pero semanas después solicitó que se le otorgue el beneficio de un régimen atenuado de cumplimiento de pena.
La fundamentación es que en junio, cuando estaba detenida, se le detectó un problema de salud grave, por el que fue intervenida quirúrgicamente y posteriormente se sometió a ciclos de radioterapia y tratamiento farmacológico, sumado a un tratamiento de quimioterapia adyuvante que la imputada ha desechado debido a las consecuencias eventuales que puede acarrear y que no puede ser sostenido por el personal de la Unidad Penitenciaria donde está detenida.
Ante esto los magistrados consideraron que se debían establecer las medidas necesarias para garantizar el trato humanitario a la condenada, por lo que ordenaron su traslado a una vivienda de la localidad de Santo Tomé, donde continuará el tratamiento médico al cuidado de su hijo. Además se ordenó solicitar al director del programa de asistencia de personas bajo vigilancia electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación para que adopte las medidas pertinentes a efectos de disponer con relación a María Hilda Calabrese el sistema de vigilancia electrónica.
En abril pasado Calabrese había sido condenada en un juicio oral y público junto a otros 9 imputados por tráficos de cocaína. Ella, al igual que sus consortes de causa, Carlos Pacheco y Florentino Dante Niemiz, fueron condenados a dos décadas de prisión por haber organizado la banda que traficaba la droga desde pistas clandestinas en las estancias Santa María del Aguapey y Santa Úrsula, de la localidad fronteriza de Santo Tomé. En la causa además, fueron condenados a 16 años de prisión William Hurtado Suárez -oriundo de Bolivia-, Edison Alvez Dzwieleski -ciudadano brasileño- y Gabriel Pirro Mori -de Perú-, hallados responsables del transporte de la droga. En tanto por el delito de asociación ilícita, los imputados José Alberto Velazco y Horacio Rubén Acosta recibieron 10 años, y a Osvaldo Jorge Villán y a Carlos Alberto Pereyra se les aplicó 8 años de prisión.
Por último, Noelia Rocío Brítez, quien oficiaba de cocinera de la estancia Santa María del Aguapey fue absuelta de culpa y cargo. Cada uno de los montos de las penas se ajustó al pedido formulado en su alegato por el representante del Ministerio Público Fiscal, Carlos Schaefer quien intervino en el juicio por esta causa iniciada en 2013. Norte