La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó una extensión en los plazos destinados a que los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS puedan utilizar los saldos a favor que surgieron por percepciones efectuadas en exceso.
Dicha prórroga fue oficializada por la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5695/2025, la cual fue publicada en el Boletín Oficial y comenzó a regir de forma inmediata.
CUÁL ES EL TRÁMITE DE ARCA QUE CAMBIÓ UNA FECHA CLAVE Y DEBÉS SABER SÍ O SÍ
La nueva normativa está orientada a los agentes encargados de la percepción y liquidación que hayan ingresado sumas mayores a las debidas por el Impuesto PAIS, y que, ante la reducción o eliminación del gravamen, ya no tienen la posibilidad de trasladar esos excedentes a futuras declaraciones juradas.
Gracias a esta prórroga, se incorpora el período fiscal correspondiente a mayo de 2025 dentro del esquema habilitado para la compensación. Además, se elimina la fecha tope del 30 de mayo. Los saldos a favor ahora pueden ser utilizados para saldar capital e intereses vinculados al Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias y otras operaciones financieras, correspondientes a los meses de enero a mayo de este año.
En paralelo, el Gobierno nacional impulsó un cambio sustancial en la normativa que regula las billeteras virtuales en el país. ARCA, por su parte, actualizó los valores máximos permitidos para realizar transferencias sin informar. El portavoz presidencial, Manuel Adorni, presentó el denominado “Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos”, el cual incluye diversas medidas orientadas a agilizar y simplificar las operaciones electrónicas.
Juan Pazo, titular de la ex AFIP, explicó que, si bien el umbral anterior para declarar transferencias era de $2.000.000, ese límite ha sido considerablemente elevado.
Desde ahora, solo deberán ser reportadas las transferencias o acreditaciones entre billeteras virtuales que superen los $50.000.000 en el caso de personas físicas, y los $30.000.000 en el caso de personas jurídicas. El propósito de esta reforma es permitir que los usuarios de estas plataformas digitales puedan realizar movimientos de mayor volumen sin estar obligados a justificar cada operación ante ARCA.
En un comunicado oficial difundido por la Oficina del Presidente, se destacó que “los ciudadanos dejarán de ser tratados como sospechosos hasta que se demuestre lo contrario”, reafirmando así el compromiso del gobierno con el principio de presunción de inocencia.
Además, la normativa también impacta en otros tipos de operaciones financieras. Por ejemplo, los saldos bancarios de cierre de mes, que anteriormente debían informarse cuando superaban los $700.000 o $1.000.000, ahora solo deberán reportarse si exceden los $50.000.000 para personas físicas o $30.000.000 para jurídicas. Asimismo, los plazos fijos también fueron actualizados, elevando el umbral de declaración de $1.000.000 a $100.000.000 en el caso de personas físicas.