
La Corte Provincial confirmó un fallo del Juzgado de Instrucción y Correccional N° 3 de Goya en el que se condenó a Sergio Antonio Romero a un año de prisión efectiva por el delito de lesiones leves, calificadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género.
El Juzgado de Instrucción y Correccional N° 3 de la ciudad de Goya condenó al imputado Sergio Antonio Romero a la pena de 1 año de prisión efectiva, por la comisión del delito de lesiones leves, calificadas por la relación de pareja con la víctima, por mediar violencia de género, desobediencia, y amenazas.
Su abogado defensor interpuso entonces un recurso de casación, para que la Corte Provincial revise esa decisión judicial.
Según el profesional, ni la víctima ni la Fiscalía presentaron pruebas que permitieran establecer la responsabilidad de Romero como autor de los delitos. Y sostuvo que la única prueba con la que se contaba era un informe médico que consignaba un moretón, sin que de eso pudiera inferirse que la lesión correspondía a los hechos denunciados por la mujer.
Cuestionó también la incorporación de pruebas nulas, y se violentaron disposiciones vinculadas al requerimiento de elevación a juicio.
El STJ consideró que el Tribunal de Juicio valoró las pruebas de forma correcta y dictó un pronunciamiento válido.
“Los agravios genéricos y las múltiples contradicciones que la defensa le atribuye a la sentencia son sólo disconformidad” sostuvieron los Ministros en la sentencia Nº206/17. En definitiva –señalaron- la sentencia debía confirmarse.