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El Papa actualizó el sistema penal del Vaticano con una reducción de penas por buena conducta

Las reformas al código penal buscan responder "a las necesidades de los tiempos con más garantías", según se desprende del documento que también contempla penas alternativas a la cárcel.

El Papa Francisco actualizó el sistema penal de la Ciudad del Vaticano con la introducción de tres nuevos artículos que contemplan reducciones de pena en casos de buena conducta y condenas alternativas a la cárcel. Con el "motu proprio" publicado este martes (un instrumento con el que el Papa puede dictar leyes), las normas del sistema penal del Vaticano se actualizan para "responder a las necesidades de los tiempos con más garantías". Francisco es un fiel defensor de la posibilidad de reinserción social de los condenados.

En paralelo y luego de recibir críticas por su flojo desempeño, los fiscales del Vaticano buscan avanzar en la sanción de los "crímenes financieros" y los desmanejos económicos por parte de monseñores y financistas de la Santa Sede. En los últimos años el Vaticano viene actualizando su sistema judicial porque aumentan los procesos que ha tenido que afrontar a raíz de un mayor control interno.

Francisco, quien siempre se mostró comprometido con la situación de la población carcelaria, firmó un documento que incluye distintos cambios en el código penal del Estado pontificio. El primer artículo de la reforma establece un descuento de 45 a 120 días por cada año de condena restrictiva ya cumplida en caso de que el recluso "se haya comportado de tal manera que presuma su arrepentimiento y participe con éxito en el programa de tratamiento y reintegración".

En ese sentido se podrán proponer como penas alternativas las del trabajo en beneficio de la comunidad, como "la realización de obras de utilidad pública, actividades de voluntariado de importancia social, así como conductas destinadas a promover, en la medida de lo posible, la mediación con la persona afectada". Todo esto no estaba contemplado en el actual sistema jurídico del Estado Vaticano.

El segundo artículo, en clave garantista, suprime el llamado "proceso en contumacia" que aún estaba presente en el código vaticano: en el caso de que el imputado no se hubiera presentado, el juicio se daba sobre la base de la documentación reunida sin la admisión de testigos de la defensa. Ahora, en cambio, si el imputado se niega a asistir a la audiencia sin que se demuestre un impedimento legítimo se procede con el proceso normal, considerándolo representado por su defensor.

La modificación podría considerarse necesaria en vistas de la investigación en curso por una millonaria inversión del Vaticano en propiedades inmobiliarias. La pesquisa involucra a ciudadanos italianos que, si el caso va al tribunal, podrían optar por no comparecer ante el tribunal dada la posibilidad de terminar detenidos.

Como parte de esa trama de operaciones en el mercado inmobiliario fue recientemente condenado a casi nueve años de prisión al expresidente del Instituto para las Obras de Religión (IOR), el banco de la Santa Sede, Angelo Caloia, acusado de apropiarse ilegalmente de decenas de millones de euros tras la venta de una veintena de propiedades en Roma y Milán.

El tercer artículo que lleva la firma del Papa Francisco establece que los magistrados ordinarios en el momento del cese conservarán todos los derechos, asistencia, prestaciones y garantías previstas para los ciudadanos del Vaticano. Por último, se implementa un cambio a la segunda y tercera instancia del juicio.

Hasta el momento se preveía que en caso de recurso y luego en casación, el fiscal estaría representado por un magistrado diferente al que dirigió la acusación en el primer juicio, con un nombramiento ad hoc para los juicios de segundo y tercer grado. Ahora se dispone que también en las sentencias de apelación y casación, como ya ocurre para la primera instancia, las funciones de fiscalía son desempeñadas por un magistrado de la oficina del promotor de justicia, designado por el propio promotor.

Con estos cambios el sumo pontífice consolida el poder de la fiscalía, dejando en claro que en todas las etapas de apelación actuarán los fiscales de la Santa Sede.

Recientemente Francisco designó a una experta en derecho laboral italiano, Catia Summaria, como fiscal jefe de la corte de apelaciones y designó allí a dos nuevos jueces, una posible señal de que la Santa Sede prevé un aumento de las apelaciones.

En la particular estructura del Estado de la Ciudad del Vaticano, el Papa es legislador, ejecutivo y juez supremo. A lo largo de los años, los sumos pontífices han realizado modificaciones parciales al código legal de la ciudad estado, que se remonta a un código italiano de 1889 que está en desuso y también toma elementos del derecho canónico. La reforma más reciente consistió en una serie de modificaciones para la sanción de delitos financieros.

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