
El Superior Tribunal de Justicia dictaminó la nulidad de todo lo actuado en el juicio político al Jefe comunal Erasmo Chukel. La reasunción formal debería tener lugar dentro de los próximos 30 días.
La Corte provincial declaró la nulidad de todo lo actuado en el juicio político al intendente de Garaví Erasmo Chukel, a partir del dictado de la Resolución N´5 del 8 de noviembre de 2018, correspondiendo su restitución en el cargo.
El expediente “Chukel Erasmo C/Concejo Deliberante de la localidad de Garaví S/Acción de amparo” fue resuelto este viernes por unanimidad en la Corte provincial, que entendió que Chukel debía ser restituido en su cargo.
Además de declarar la nulidad de todo lo actuado en el juicio político al Intendente de Garaví. A partir del dictado de la Resolución N´5 del 8 de noviembre de 2018, dispuso la reconducción del trámite, debiendo respetarse en el procedimiento de juicio político las garantías constitucionales del debido proceso legal adjetivo.
Se intimó a Chukel, y a los miembros del Concejo Deliberante de Garaví, para que en el término de 30 días corridos “dispongan -dentro de sus respectivas competencias- lo necesario para dar total y acabado cumplimiento a las disposiciones de los Títulos IV y V de la Ley Orgánica de Municipalidades”.
El Concejo de Garaví inició tiempo atrás un juicio político contra el intendente Erasmo Chukel, porque adeudaría los balances comunales desde el 2015, habría recortado los fondos correspondientes al legislativo y está procesado en una causa penal. Tras recopilar información y recibir el descargo del funcionario, los ediles convocaron a una Sesión Especial. En ella, por dos votos a favor y uno en contra, la mayoría resolvió suspender a Chukel hasta que en una consulta popular el electorado defina si quien fue reelecto el año pasado como Jefe comunal continuará en ese rol.
Una vez oficializada la suspensión de Chukel como Jefe comunal, la viceintendenta inmediatamente asumió como intendenta interina. Mientras que la presidencia del Concejo quedó a cargo del edil Luis Alvez.
En lo sucesivo, según el dictamen de la Corte provincial, la Viceintendenta deberá ceder el mando nuevamente al Jefe comunal depuesto, que fuera electo por ECO+Cambiemos.
Chukel fue procesado en 2018 en el marco de una causa por abuso simple de una niña de 12 años, luego de haber sido denunciado el 31 de agosto de 2017 por la madre de la supuesta víctima. Según el expediente, los sometimientos habrían sido descriptos por la niña en un cuaderno que la madre encontró, y con ese escrito realizó una denuncia en la Comisaría de Gobernador Virasoro.
En cuanto a la falta de rendiciones de fondos por la que también fue enjuiciado, fue descubierta a partir de la ausencia de un auditor, por lo que quedaron sin controles esas rendiciones realizadas por la Secretaría de Hacienda.
Una sentencia en tiempo récord
En uno de los primeros casos en los que comienzan a darse a conocer los resultados de la aplicación del protocolo de oralidad, el Juzgado Civil y Comercial Nº12 a cargo de Pablo Teler, dictó sentencia en una causa por cobro de pesos.
La causa se inició en diciembre del año pasado pero fue abordada en el marco del protocolo de oralidad que rige para la provincia de Corrientes desde el 1º de junio de este año.
De ese modo, el magistrado logró que, en un plazo no mayor a ocho meses, la demanda de SADAIC tuviera una respuesta. En concreto, la entidad reclamaba a un carrito de la costanera que abonara el arancel de derecho de autor por la transmisión de música. El monto cuestionado eran $35.210,78.
El lunes 6 de agosto, se realizó la audiencia preliminar y el Juzgado propuso a SADAIC y al comercio implicado una fórmula conciliatoria. Ambos aceptaron el monto total de $60.000 de capital e intereses, a pagar en 12 cuotas.