El STJ absolvió a un comisario condenado durante una investigación por abigeato
Consideró que actuó dentro de las facultades que le otorgaba la ley vigente al momento de los hechos. El ministro doctor Eduardo Gilberto Panseri votó en disidencia y consideró que la condena debía mantenerse.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes revocó una condena impuesta a un comisario de Monte Caseros por el delito de privación ilegítima de la libertad y dispuso su absolución al concluir que actuó en el marco de una investigación penal por abigeato y dentro de las facultades que la normativa procesal vigente otorgaba a la policía.
La decisión fue adoptada mediante la Sentencia Nº 96, dictada el 5 de junio de 2026. El máximo tribunal provincial hizo lugar al recurso de casación presentado por la defensa de Sergio Raúl Ramos y dejó sin efecto la condena que había sido dictada en agosto de 2023 por el entonces Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres, que le había impuesto dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación especial.
El hecho investigado
La causa se originó a raíz de una denuncia por la desaparición de 120 cabezas de ganado ocurrida en septiembre de 2016 en la zona de Monte Caseros.
Durante la investigación preliminar, Ramos —quien se desempeñaba como comisario en el PRIAR— ordenó la aprehensión de un hombre a quien consideró sospechoso a partir de distintos testimonios e indicios recolectados durante las primeras horas de la pesquisa.
El hombre permaneció detenido e incomunicado mientras se realizaban diversas diligencias investigativas vinculadas con la denuncia de abigeato. Posteriormente recuperó la libertad y promovió la denuncia que dio origen al proceso penal contra el funcionario policial.
Para el Tribunal de Juicio, la detención había sido arbitraria y configuraba el delito de privación ilegítima de la libertad. Sin embargo, la mayoría del STJ entendió que la actuación policial debía analizarse en función de la información disponible al momento de los hechos y no a partir de los resultados obtenidos con posterioridad.
La votación de los ministros
El primer voto correspondió al ministro doctor Alejandro Alberto Chaín, quien propuso revocar la condena y absolver al imputado. El magistrado sostuvo que el Tribunal de Juicio evaluó la actuación policial con un criterio incorrecto, exigiendo un grado de certeza que no corresponde a una investigación en sus etapas iniciales.
En ese sentido afirmó: “La legalidad de una detención policial no se juzga por si el sospechoso termina siendo culpable o no, sino por si al momento de efectivizar la medida existían elementos objetivos para sospechar”.
Y agregó: “La sentencia confunde falta de éxito en la investigación con arbitrariedad en la detención”.
Al voto del doctor Chaín adhirieron el presidente del STJ, doctor Guillermo Horacio Semhan, y los ministros doctores Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.
Con esta mayoría, el Superior Tribunal resolvió hacer lugar al recurso de casación, revocar la sentencia condenatoria y absolver a Sergio Raúl Ramos, sin imposición de costas.
El voto en disidencia del doctor Panseri
El ministro doctor Eduardo Gilberto Panseri votó en disidencia y consideró que la condena debía mantenerse.
Para el magistrado, la investigación no contaba con elementos objetivos suficientes que justificaran la privación de libertad, por lo que entendió que la actuación policial vulneró garantías constitucionales vinculadas a la libertad personal.
En uno de los párrafos centrales de su voto afirmó: “Ningún ciudadano puede ser privado de su libertad para ‘averiguar’ posteriormente si existían razones para hacerlo”.
También sostuvo que: “La simple denuncia, desprovista de corroboración objetiva mínima, no puede erigirse en fundamento suficiente para ordenar o legitimar una detención”.
Para el doctor Panseri, aceptar una detención basada únicamente en sospechas genéricas o comentarios informales implicaría convalidar restricciones arbitrarias a la libertad personal incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales de protección de los derechos humanos.