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Política

Docentes de Corrientes rechazan descuentos en el Complemento Provincial y piden actualización de monto

Por razones de salud o maternidad, el Complemento Provincial Docente (que reemplazó al Incentivo que eliminó Milei) será motivo de descuento para muchos docentes. Dejarán de percibir $56.000 quienes tengan dos cargos. El sindicato SUTECO pidió que se lo desvincule del Presentismo y que se actualice el monto: “debería estar en $80.000 por cargo como era el Incentivo Docente Nacional”.

Este miércoles 10 de abril el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Corrientes (SUTECO) presentó, en Casa de Gobierno, un Recurso de Revocatoria y una solicitud de Derogación del Artículo 4 del Decreto Provincial N°355/24 que pretende atar el pago del Complemento Provincial Docente (que reemplazó al FONID y a Conectividad Nacional) al Presentismo.

En conferencia de prensa tras la presentación del documento dirigido al gobernador , el secretario general del SUTECO detalló que la solicitud de derogación es porque el artículo “constituye un grave retroceso legislativo respecto del actual Régimen de Licencias, permisos y justificación de inasistencias del personal docente”.

Calificó además de “deshumanizante” el Art. 4 del Decreto N°355/24 porque “todo docente que justifique debidamente licencia por razones de salud, maternidad u otras causas, igual dejará de percibir el Complemento Provincial Docente”.

“El Presentismo va a ser un descuento seguro para muchos docentes que por razones de salud: van a dejar de percibir más de $56.000 para aquellos que tengan 2 cargos”, amplió el Secretario General.

Además comparó que el monto “está totalmente devaluado” porque “deberían estar en $80.000 por cargo como era el Incentivo Docente Nacional, pero la Provincia está pagando $28.700 y lo ata al código de Presentismo. Esto genera mucha indignación y malestar en los docentes”, señaló Fernando Ramírez.

SUTECO expresó que el Decreto N°355/24 no respeta el Art. 6º inc. b) del Estatuto del Docente (ley 3723) que establece que el docente tiene -entre otros derechos- el “goce de una remuneración íntegra, digna y justa” de carácter alimentario; ya que el complemento docente provincial “tiene carácter remunerativo”.

“No es humano que para percibir tal concepto remunerativo, el docente se vea obligado a concurrir, no obstante estar debidamente justificadas las razones de salud o de embarazo que le impidan a ello, todo fundado en el simple argumento de que “los docentes deben entender la situación por la cual atraviesa el país”, situación al cual es ajeno en su autoría y responsabilidad y que, en modo alguno justifican el desconocimiento del derecho de percibir el docente el total de su remuneración”; explica el documento.

Por su conexidad con la remuneración y el Complemento Provincial Docente, SUTECO le solicitó además al Gobernador que se “dicte una norma de procedimiento a la cual se deberá ajustar la Junta Médica de la Subdirección de Reconocimientos Médicos”.

Ya que existe confusión y vacío legislativo porque “la competencia y el funcionamiento de la Junta Médica de la SRM está reglamentado limitadamente y con exclusividad para el personal de la administración pública y sus entes descentralizados (Arts. 169/174 de la Ley 4067/86 y por los arts. 169/170 del Dto. 4340/86). Y se encuentran excluidos de su aplicación “el personal comprendido en estatutos especiales” (Art. 5°), como el personal docente (Estatuto del Docente Ley 3723/86)”.

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