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Política

Corrientes: Iniciativa en el Congreso para establecer un régimen de presupuestos mínimos para humedales

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Crédito: 153806

El oficialismo a través de su diputado Leo Grosso, presidente de la comisión de Recursos Naturales de la cámara de diputados presentó un proyecto de Ley de Humedales, que complementa la presentación de proyectos desde el socialismo, Cambiemos y Frente Renovador. La semana que viene comienzan a discutirse en Comisión, se informó.

 

Los diputados firmantes del proyecto oficial son Ayelén Sposito, Federico Fagioli, Daniela Vilar, Gabriela Cerruti, Gabriela Estevez, María Rosa Martínez, Rosa Muñoz, Florencia Lampreabe, Verónica Caliva, Héctor Bárbaro, Jimena López, Juan Carlos Alderete, Claudia Bernazza, María Liliana Schwindt, Nilda Mabel Carrizo, Carlos Aníbal Cisneros, Danilo Flores, y el correntino Jorge Antonio Romero.

 

Este último expediente tiene por objeto establecer los presupuestos mínimos para la conservación, uso racional y sostenible de los humedales en todo el territorio de la Nación, asegurando la integridad de los servicios ecosistémicos que brindan, como así también el respetar de su valor inherente, en concordancia con el artículo 41 y 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales ratificados por el Congreso de la Nación y la Ley General del Ambiente N° 25.675.

 

Sus objetivos generales son catorce, entre ellos, asegurar la conservación y el uso racional y sostenible de los humedales, sus funciones ecológicas y los servicios ecosistémicos que brindan, garantizar la adopción de criterios de sostenibilidad ambiental en las actividades socioeconómicas que se realicen sobre los humedales con el fin de asegurar el mantenimiento de la integridad ecológica de estos ecosistemas y establecer criterios de conservación, gestión y uso racional y sostenible de los humedales para todo el territorio nacional que tengan en cuenta sus características ecológicas y su estrecha dependencia con el mantenimiento de su régimen hídrico.

 

También lo son reconocer la preexistencia de aquellos medios de vidas ancestrales en aquellas áreas declaradas como humedales, en cuanto estos sean compatibles con su conservación y uso racional y sostenible, promover la participación activa, efectiva y equitativa de representantes del campo científico, académico y universitario, de las organizaciones de la sociedad, de las comunidades locales campesinas e indígenas y de las personas interesadas, en el diseño e implementación de las políticas públicas sobre humedales y conservar el patrimonio natural y cultural en áreas de los humedales, así como los paisajes culturales resultantes de modos de vida, actividades y modalidades adaptadas al normal funcionamiento del humedal.

 

El proyecto reconoce como principales servicios ecosistémicos que los humedales brindan a la sociedad son:

 

a) Provisión de agua potable dulce y de calidad;

 

b) Filtrado y retención de nutrientes y contaminantes,

 

c) Provisión de alimentos, madera, fibras y combustibles para la sociedad y fauna silvestre y doméstica, d) Amortiguación de excedentes hídricos,

 

e) Disminución del poder erosivo de los flujos de agua y su velocidad de circulación hacia el mar;

 

f) Mitigación de la pérdida y salinización de suelos;

 

g) Provisión de hábitats;

 

h) Estabilización de la línea de costa y control de la erosión costera; i) Almacenamiento de carbono.

 

j) Recarga y descarga de acuíferos; k) Estabilización climática;

 

l) Patrimonio cultural; y

 

m) Recreación y turismo sustentable.

 

El proyecto establece crear un Inventario Nacional de Humedales que delimite, caracterice, y reconozca el estado de conservación e integridad de los humedales, y determine las amenazas que pesan sobre los mismos, dispone que se uso racional y sostenible de los humedales, lo cual deberá ser planificado considerando su integridad ecológica, diversidad, salud ecológica, funciones, servicios ecosistémicos y valor inherente y ordena que se en ellos se realicen sólo aquellos usos racionales y sostenibles compatibles, que no afecten negativamente la provisión de servicios ecosistémicos a la sociedad ni su valor inherente, y subraya que, en particular, estos usos no deberán afectar a los sectores más vulnerables que dependen de los humedales.

 

También establece que las áreas de humedales degradados en función de su alto valor de conservación y/o los servicios ecosistémicos deberán ser restaurados. "Se consideran especialmente las necesidades de restauración que pudiesen existir en territorios de pueblos indígenas y tierras de uso común de comunidades para el restablecimiento de condiciones ambientales óptimas y también para el desarrollo y vida de los pueblos y comunidades que los habitan", expresa la iniciativa.

 

Entre otras propuestas, los legisladores también proponen crear un Gabinete Federal de Humedales, un Fondo Nacional de Humedales y dispone que las provincias y la CABA lleven a cabo planes de Ordenamiento Territorial de Humedales (OTH).

 

También establecen sanciones administrativas al incumplimiento y a las jurisdicciones que no cuenten con un régimen de sanciones habilitan a sancionar con a) Apercibimiento, b) Multa entre uno (1) y cincuenta mil (50.000) Salarios Mínimo Vital y Móvil, c) Revocación de las autorizaciones u otras habilitaciones administrativas, d) Suspensión de hasta tres (3) años en la matrícula profesional y los registros de consultores respectivos, o cancelación, según el caso, o e) Cese definitivo de la actividad.

 

Como para regular un Régimen Penal ordena reprimir con prisión de dos (2) a seis (6) años el que, de un modo peligroso para la salud humana o la naturaleza, envenenare, adulterare, incendiare, emitiere radiaciones o ruidos, arrojare contaminantes en el suelo, atmósfera o el agua, destruyendo o de cualquier modo dañando significativamente, en todo o en parte, humedales, cuando se encontraren legalmente protegidos.

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