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Policiales

Niegan cese de prisión a condenado por Homicidio Simple agravado por el uso de arma de fuego

El Superior Tribunal de Justicia, con miembros subrogantes, rechazó la solicitud de la defensa que pretendía se deje libre a un hombre condenado por matar junto a su padre a otro hombre en la zona rural de San Luis del Palmar el 7 de enero de 2018. Alegó que como la sentencia estaba siendo analizada por la Corte Suprema en recurso Federal no estaba firme y debía quedar libre.

Mediante sentencia penal Nº 65/23, el Superior Tribunal de Justicia por unanimidad y con una formación diferente a la habitual, ya que estuvo integrado por la doctora María Eugenia Sierra de Desimoni como presidente y como vocales los doctores Gustavo Sebastián Sánchez Mariño, Maria Herminia Puig, Héctor Ariel Azcona y Analía Durand de Cassis, rechazaron un pedido de cese de prisión de un condenado en el año 2019 a 16 años y 8 meses de prisión por el Tribunal Oral Penal N°1 en una segunda sentencia por Homicidio Simple agravado por el uso de arma de fuego.

Antecedentes del caso

En noviembre del 2018 el TOP N°1 condenó a un hombre, único imputado en la causa, porque si bien habría participado del homicidio junto a su padre, éste falleció meses después a 14 años de prisión por Homicidio Simple.

El caso llegó a casación al Superior Tribunal, que hizo caso al planteo de la querella, y por sentencia del 10/06/2020 dispuso el reenvío al TOP N.º1 para que emita un nuevo pronunciamiento readecuando la condena a “Homicidio Agravado”.

En este marco, el TOP N°1 impuso nueva condena de 16 años y 8 meses por “Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”.

Ante esta decisión, la defensa presentó un Recurso Extraordinario Federal el cual fue concedido por el Superior Tribunal de Justicia que lo aceptó. Por ello, el caso está siendo analizado por la Corte Suprema.

La defensa, al no estar firme la segunda condena por el Recurso Federal, solicitó al TOP el cese de prisión, que le fue negado y por ello llegó nuevamente al Superior Tribunal, con miembros subrogantes.

EL STJ rechazó la solicitud ya que consideraron que recaía sobre el hombre una condena y por tanto su cumplimiento está dentro de los límites legales y las mandas constitucionales.

Detalles del Fallo del Superior Tribunal

En su primer voto, la doctora María Eugenia Desimoni, sostuvo que aunque se encuentre en trámite el Recurso extraordinario Federal ante la Corte, la sentencia condenatoria debe seguir ejecutándose, en razón de tener el carácter de definitiva y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia.

Esto es porque se trata de un condenado en etapa de ejecución de la pena, y por lo tanto, debe quedar claro que el principio de inocencia funciona como garantía para cualquier imputado de un delito durante el proceso; y en el presente caso, es una persona condenada y con sentencia condenatoria confirmada, pronunciamiento judicial que produce el efecto de derribar fundadamente el principio de inocencia.

El caso

El hecho ocurrió el 7 de enero de 2018 en el Paraje Isla Tres Cruces de San Luis del Palmar, la víctima fue Ramón Oscar García que fue interceptado en un camino vecinal por dos personas.

Tras recibir varios impactos de bala la victima falleció. Fueron imputados padre e hijo, pero el padre murió por una enfermedad terminal y solo llegó a juicio el más joven.

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