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Goya: rechazan pedido de arresto para el ex sacerdote Pacheco

El Tribunal de Goya, a través de su presidente, este jueves por la mañana rechazó el pedido de detención para el ex sacerdote Pacheco. "La pena no está firme, hay etapas de proceso que se debe seguir", fue la explicación. La querella había solicitado quede preso luego de una decisión de nueva Casación.

El presidente del Tribunal penal de Goya, Jorge Carbone, comunicó este jueves 15/06 por la mañana el rechazó al pedido de detención para el ex sacerdote Pacheco. "La pena no está firme, hay etapas de proceso que se deben seguir", explicó. La querella había solicitado que quede preso luego de la decisión de nueva Casación.

El pasado 2 de junio la nueva Casación supuestamente había dejado firme la condena al ex sacerdote Domingo Pacheco, a 13 años de prisión y debía volver a una unidad de detención. Había quedado pendiente la etapa de notificación a las partes y posterior detención.

El caso es por un abuso a un menor que integraba el coro de una capilla en una parroquia de la ciudad de Esquina.

El 12 de diciembre de 2013, se desarrolló un primer juicio contra Pacheco, donde los jueces de Goya lo absolvieron “por insuficiencia probatoria”.

La querella apeló ese fallo y el Superior Tribunal de Justicia ordenó que se desarrolle un nuevo juicio.

Es así que en febrero de 2017 los jueces Darío Ortiz, Carlos Balestra y Lucio López Lecube, lo condenaron a 13 años de detención.

Pero, esta sentencia fue apelada por la defensa del imputado ante el Superior Tribunal de Justicia, donde se confirmó el fallo.

Debido a que los mismos ministros del STJ habían echado por tierra la absolución de 2013 y habían intervenido en otros trámites del juicio, la defensa se presentó ante la Corte Suprema para advertir que se había violado el derecho a la imparcialidad; es decir, que los mismos jueces entendieron en la causa dos veces.

La Corte -con remisión al precedente “Borbolla”- dejó sin efecto la sentencia apelada por considerar que no se adecuaba al estándar de imparcialidad requerido por las normas federales que rigen la materia.

Destacó que la imparcialidad es un principio normativo que contiene la exigencia de que el juzgador no se guíe por opiniones preconcebidas, sino que aborde la cuestión de una manera original e inédita.

Consideró que se había comprometido la garantía de la doble instancia, en la medida en que esta exige que la revisión amplia de la sentencia sea efectuada por magistrados que no conocieron anteriormente el hecho ni formaron criterio sobre el derecho aplicable, pues, de lo contrario, doble instancia significaría, tan solo, doble revisión por las mismas personas. Además, ordenó liberar a Pacheco e instó al STJ de Corrientes a que revea nuevamente el proceso judicial.

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