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Policiales

En el juicio por el doble crimen en el predio del Gauchito las defensas culparon a los muertos

Con los alegatos de apertura, este martes comenzó el juicio oral por el doble crimen en el predio del Gauchito Gil, ocurrido hace poco menos de un año. Son nueve los imputados por el asesinato de Sergio Abel Canteros y Julio César Canteros, quienes eran padre e hijo y fueron atacados en el contexto de una discusión por la ocupación de un terreno ubicado frente a la ermita que se encuentra en Mercedes.

Los jueces Jorge Troncoso, María Eugenia Ballará y Juan Manuel Muschietti, integrantes del Tribunal de Juicio de Mercedes, están a cargo del debate oral y el fiscal Adrián Casarrubia lidera la acusación por dos hechos ocurridos en el predio del Gaucho Gil, ubicado en el kilómetro 102 de la Ruta Nacional 123. El primero fue el 4 de agosto de 2021, día en el que Sergio Abel Canteros habría recibido una amenaza; y el segundo, dos días después, el 6 de agosto de 2021, oportunidad en que se produjo el ataque que resultó con dos víctimas fatales y una persona lesionada.

Los nueve imputados son Luis Walter Astarloa, Jonathan Natanael Astarloa, Maximiliano Contreras, Carlos David Molina, María Magdalena Astarloa, Gisella Paola Astarloa, Maria José Obes, Juan Ramón Rivero y un menor de edad. Todos se encuentran detenidos con prisión preventiva (la que se prorrogó hasta la finalización de las audiencias de juicio): Contreras en la Alcaidía de la Comisaría Primera de Curuzú Cuatiá; Maria Magdalena Astarloa tiene prisión domiciliaria y los demás están alojados en la Comisaría Primera de Mercedes.

Al iniciar el juicio, los primeros en tomar la palabra fueron el fiscal Casarrubia y el querellante Marcos Harispe. Luego fue el turno de las defensas técnicas privadas de los imputados a cargo de Andrés Antonio Gauna, José Sebastián Alegre, Guillermo Andrés Farquharson, Horacio Aníbal Alonso, Marcelo Hanson, Edgardo Gustavo Grimberg y Julieta Lacroze. Estuvo presente de modo virtual María Susana Galeano, jueza especializada en familia, niñez y adolescencia de Curuzú Cuatiá, por la eventual responsabilidad que pudiera caber a quien en el momento del hecho fuera menor de edad.

Al presentar el caso, Casarrubia adelantó que hechos probaría en el trascurso del debate, con qué pruebas contaba y como las encuadró legalmente. Indicó que se trató de una “organización familiar para atentar contra la vida de dos personas”, y se refirió a instigación de algunos integrantes del grupo en relación a otros, además de hacer énfasis en indicios de criminalidad evidentes, basado en las armas blancas utilizadas en la pelea, los golpes propinados a los fallecidos, entre otros aspectos.

Harispe coincidió con la figura de la instigación y también sostuvo la tesis de un accionar premeditado por parte de los procesados en relación a los dos fallecidos.

Por su parte, los abogados defensores plantearon que las muertes se produjeron en el marco de una pelea iniciada por los fallecidos en un contexto de rivalidad territorial donde cada uno explotaba zonas diferentes. Rechazaron de plano la idea de una asociación ilícita, emboscada o asociación con la finalidad de cometer un delito. “No hubo un ataque pergeñado, ni premeditado, sino que concurrieron varias circunstancias ese día que se sumaron a la personalidad de cada una de las personas intervinientes” sostuvieron. La mayoría solicitó la absolución de sus clientes.

Los jueves dieron la posibilidad a cada uno de los imputados de hacer uso o no de su derecho a declarar, aunque todos declinaron y optaron por hacerlo más adelante.

Vale mencionar que la causa llegó a juicio luego de ser tramitada por la jueza de Garantías, Margarita López Rivadeneira, quien dio por finalizada la etapa de investigación luego de realizar 51 audiencias en el plazo de ocho meses.

CALIFICACIÓN LEGAL DE LOS IMPUTADOS

El Fiscal imputó a Luis Walter Astarloa como autor material del delito de amenazas simples, en concurso real con el delito de homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento, en calidad de instigador.

A Carlos David Molina como autor material de los delitos de agresión con arma agravado por la participación de un menor; homicidio criminis causa agravado por la participación de un menor de edad y homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento agravado por la participación de un menor de edad, todos en concurso real.

Jonathan Natanael Astarloa y Maximiliano Contreras como coautores materiales de los delitos de homicidio criminis causa agravado por la participación de un menor de edad y homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento agravado por la participación de un menor de edad, ambos en concurso real.

El menor de edad como coautor material de los delitos de homicidio criminis causa, y homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento, ambos en concurso real.

Juan Ramón Rivero, Maria José Obes y Gisella Paola Astarloa como partícipes secundarios de los delitos de homicidio criminis causa agravado por la participación de un menor de edad y homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento agravado por la participación de un menor de edad, ambos en concurso real.

María Magdalena Astarloa como partícipe secundaria de los delitos de homicidio criminis causa agravado por la participación de un menor de edad; homicidio calificado por ser cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y con ensañamiento agravado por la participación de un menor de edad y como autora material del delito de lesiones leves, todos en concurso real.

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MERCEDES DOBLE CRIMEN GAUCHO GIL

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