Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Recibí las notificaciones

DESBLOQUEAR NOTIFICACIONES

Siga estos pasos para desbloquear

Nacionales

Quién puede solicitar la pensión de ANSES cuando fallece un jubilado

Enterate a continuación qué grupo de personas pueden acceder a esta prestación brindada por el organismo previsional y cómo se realiza el trámite.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es la entidad responsable de pagar los haberes mensuales a jubilados y pensionados. Si el beneficiario fallece, los familiares directos pueden acceder a una pensión, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la normativa actual.

Para acceder a este beneficio, será necesario iniciar el trámite de una Pensión No Contributiva (PnC), a través de la cual se otorga un porcentaje del monto total que cobraba el titular fallecido.

QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE ANSES

Los grupos que están en condiciones de acceder, son:

* Esposo/a: contar con la partida de casamiento actualizada.

* Concubino/a: deberá acreditar al menos 5 años de convivencia antes de la fecha en la que murió el beneficiario. En caso de tener un hijo en común, el plazo se reduce a 2 años.

* Hijos/as menores de 18 años: que sean solteros y no cobren otra prestación

* Hijos/as que posean algún tipo de incapacidad que le permita trabajar: sin límite de edad

CÓMO ES EL TRÁMITE PARA LA PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE ANSES

El paso a paso para realizar el trámite es el siguiente:

* Presentar la partida de defunción del beneficiario

* En el caso de esposo/a, llevar DNI, la partida de casamiento actualizada y el formulario que se encuentra en la página oficial de ANSES (Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562)

* En el caso de hijo/a deberá llenar un formulario, en el que se declara la dependencia económica que tuvieron con el titular en los últimos años

CUÁNDO COBRAN LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS DE ANSES EN JUNIO 2025

El calendario de pagos se conforma de la siguiente manera:

JUBILADOS CON HABER MÍNIMO

* DNI terminados en 0: 9 de junio

* DNI terminados en 1: 10 de junio

* DNI terminados en 2: 11 de junio

* DNI terminados en 3: 12 de junio

* DNI terminados en 4: 13 de junio

* DNI terminados en 5: 17 de junio

* DNI terminados en 6 y 7: 18 de junio

* DNI terminados en 8: 19 de junio

* DNI terminados en 9: 23 de junio

JUBILADOS QUE SUPERAN EL HABER MÍNIMO

* DNI terminados en 0 y 1: 24 de junio

* DNI terminados en 2 y 3: 25 de junio

* DNI terminados en 4 y 5: 26 de junio

* DNI terminados en 6 y 7: 27 de junio

* DNI terminados en 8 y 9: 30 de junio

Fuente: https://www.diarioregistrado.com/economia/quien-puede-solicitar-la-pension-de-anses-cuando-fallece-un-jubilado_a68408fdf2c00899aa26ce03d

Dejá tu opinión sobre este tema

Noticias destacadas

Más noticias

Te puede interesar

Newsletter

Suscribase a recibir información destacada por correo electrónico

Le enviamos un correo a:
para confirmar su suscripción

Teclas de acceso