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Realizarán control sobre el tiempo de espera en las filas de supermercados

Días a previos a Navidad y Año Nuevo todos los años se genera un crecimiento en el consumo y los comercios se desbordan de gente. Es así que en diálogo con EL LIBERTADOR, el subsecretario de Comercio, Juan José Ahmar, advirtió que se realizarán controles para garantizar el tiempo de espera en una fila.

«Nosotros hacemos en estos días operativos de eso en las cadenas de hipermercados, supermercados donde haya mayor confluencia de consumidores. También en los bancos», sostuvo.

En este sentido, se refirió a que la ley vigente hace mención que no se puede demorar más de 30 minutos en la atención, considerando además cuestiones de resguardos de inclemencias del tiempo.

Si bien indicó que los inspectores del organismo buscan la manera de recorrer todos los lugares, hay sitios en los que no se puede estar por lo que se sugiere a que las personas registren la queja.

«Lo que debería hacer el consumidor es solicitar el libro de quejas y dejar constancia del reclamo. Nosotros, con los agentes, solemos medir y controlar los minutos que tarda en llegar a la caja. Pero en general recomendamos dejar asentada la situación y después hacer la denuncia en el organismo permitente y así contamos con las pruebas para aplicar la sanción al comercio que incurra en esa infracción», aseguró.

VIGENCIA

La provincia de Corrientes cuenta con la Ley Nº 6.396/16 a partir de la cual se declara el carácter de trato indigno para la atención de los consumidores y usuarios, estableciendo normas en establecimientos comerciales, empresas de servicios públicos, entidades bancarias y/o financieras de la Provincia, que registren una concurrencia masiva y requieran una atención personalizada de los mismos, a efectos de garantizar el trato digno y correcto, estableciéndose un mecanismo claro, ágil y eficaz de atención al público, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, artículo 42 de la Constitución Nacional y el artículo 48 de la Constitución Provincial.

En la norma se establece que será considerada infracción a la presente, la espera por un lapso mayor a 30 minutos.

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