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Interior

Hogar de Virasoro: la supuesta víctima pidió no continuar con la investigación

La oficina de prensa del Poder Judicial difundió este lunes un comunicado en el que se detallan avances de la causa por incumplimiento de deberes de funcionario público contra la responsable del Hogar Rincón de Luz de Virasoro. Declaró la supuesta víctima y pidió no avanzar con la investigación por supuestos abusos sexuales.

Tras la muerte de un chico de 14 años que se encontraba bajo guarda estatal en un hogar de menores de la ciudad de Virasoro, salieron a la luz denuncias realizadas el año pasado. En ese marco, se investigan delitos penales como corrupción de menores, además de incumplimiento de funcionario público.

En medio de la tensión social, la directora del Hogar Rincón de Luz, Sonia Prystupczuk presentó la renuncia y fue separada de su cargo. Mientras tanto, la Justicia continuó con el proceso y este lunes emitió un comunicado en el que detalla las actuaciones de los últimos días.

El informe judicial es el siguiente:

La Jueza de Garantías de Gobernador Virasoro, doctora Silvia Erika Benítez, detalló las decisiones tomadas en el marco de la causa iniciada contra la responsable del Hogar «Rincón de Luz» y «María de Nazaret» por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La supuesta víctima, que se presentó esta mañana nuevamente ante la magistrada ratificó su deseo de no avanzar con la investigación por supuestos abusos sexuales.

La causa PXV 595/21 contra la responsable del Hogar Rincón de Luz se inició 9 de abril del 2021, cuando en la localidad no regía aún el nuevo Código Procesal Penal, por lo que ésta se tramitó con la anterior normativa.

La denuncia fue efectuada por una ciudadana ante la entonces Fiscalía de Instrucción, oportunidad en que el titular del Ministerio Público Fiscal calificó la conducta típica de la directiva del Hogar en el delito previsto y penado en el art 248 del C.P. «Incumplimiento de los deberes del funcionario público».

En ese contexto se ordenaron diligencias en el mes de abril del año pasado y en mayo del mismo año se procedió por Instrucción Formal.

Se ordenaron diferentes diligencias, entre ellas la declaración testimonial de L.N.A. a la audiencia señalada para el día 30 de Junio de 2021 a las 09:00hs; de A.E. para el 1° de Julio de 2021 a las 09:00hs; de L.R. también para el 1° de Julio de 2021 a las 09:30hs; V.M el mismo día a las 10:00hs, y se requirió al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Corrientes informe quien ejerce el cargo de Director/a de la Institución Residencial «Rincón de Luz» y «María de Nazaret»; desde que fecha y las funciones que debe desempeñar en el cargo. Se citó a S.P. a prestar declaración indagatoria el 5 de Julio de 2021 a las 07:30hs, debiendo designar abogado defensor para tal acto. Se dio intervención a la Asesoría de Menores.

Encontrándose ese expediente en trámite; el 10 de marzo se presenta ante la Jueza de Garantías el hermano de una supuesta víctima con patrocinio letrado del doctor Etchegaray Centeno, solicitando ser parte en esas actuaciones (PXV 595/21, tramitadas como se señaló con la anterior normativa) a través de un escrito de querella, titulado: «Me presento como querellante conjunto. Solicito detención.

En la presentación imputó a S.P. por el delito previsto y penado en el art 125 y 125 bis del C.P. y a una persona de nombre «…M.…» por los delitos previsto y penados en el art 120 del C.P. «…siempre y cuando conforme probanza de autos se determine que incurrió en el delito de abuso sexual conforme el art 119 párrafo 1 y 3…», expresa el pretenso querellante. Los hechos descritos se refieren y remiten a los dichos relatados por la denunciante L.N.A. en Fiscalía de esta ciudad.

En esa fecha (10 de marzo) se ordenan diligencias: se cita a prestar declaración testimonial a las ciudadanas: C.V; M.E.C, y J.F. para el 22 de marzo de 2022 a las 09:00hs., 09:30hs., y 10.00hs. Se libró Oficio a la Directora de los dos dispositivos residenciales a fin de que remita en el plazo de 24hs. de recibido los Libros Diarios correspondientes al plazo de tres años y medio anteriores a la fecha, detallando nombre de los menores que han sido alojados en la Institución en el mismo periodo. Atento al escrito presentado por el doctor Etchegaray Centeno Eduardo se corrió vista al Fiscal de Instrucción.

El día viernes 11 de marzo –y atento a las diversas publicaciones las cuales guardan relación con el escrito de querella presentado- la doctora Benítez ordena otras diligencias. Entre ellas se cuentan: en relación al pedido de I.D.M. –hermano de la supuesta víctima- se le hizo saber que debía acreditar el vínculo con ella y acompañar el acta de nacimiento de la nombrada.

Además, teniendo en cuenta las publicaciones existentes en las redes sociales, se citó a testimonial en primera audiencia a los niños y jóvenes residentes en el Hogar «Rincón de Luz» y «María de Nazaret». Dos de ellos tienen 21 y 18 años. A los niños de 13, 11 y 9 años se ordenó practicar una Cámara Gesell ese mismo día en horario vespertino, para comprobar si presentaban indicadores confiables de abuso sexual como cualquier otra experiencia traumática, susceptible de generar alteraciones en la psiquis y conducta de los niños.

Se citó a tres adolescentes de 17, 16 y 17 años ante Cuerpo de Psicología Forense, quienes fueron acompañados por la persona responsable a cargo de los Dispositivos Mencionados.

También el 11 de marzo se libró exhorto al Juzgado de Instrucción y Correccional de Santo Tomé para que informe la existencia de causas respecto de S.P. en relación a abusos sexuales en el Hogar de Niños a su cargo, entre ellos teniendo como imputado y/o testigo sospechoso a una persona identificada con el nombre de M. (quien sería dueño de un local comercial), y en su caso informe los datos de la causa y el estado procesal de las mismas.

La magistrada solicitó un amplio Informe Socio Ambiental a través del Cuerpo Social Forense en Dispositivo de Cuidados Residenciales «Rincón de Luz y «María de Nazaret». Se corrió vista a la Asesoría de menores de esa Ciudad. Y requirió al Ministerio de Desarrollo Social, remita debidamente diligenciado el Oficio N°500 de fecha 04/05/2021, a los mismos fines y efectos.

El 11 de marzo se recepcionó declaración testimonial a la supuesta víctima de 18 años, la cual expresó que no quería efectuar denuncia alguna y nunca quiso hacerlo. Por ello, y a fin de que la misma ratificara o rectificara lo manifestado en el escrito de querella presentado por su hermano, se la cita en primera audiencia ante este juzgado, para luego de efectuada la misma, correr nueva vista al titular de la acción penal.

El viernes 12 se practicaron dos entrevistas en Cámara Gesell a dos menores de edad residentes de los dispositivos de cuidados de esta ciudad y presto declaración la supuesta víctima R. A. M., no surgiendo hasta el momento merito suficiente para ordenar la detención de persona imputada y/o sospechada de delito en la presente causa.

Asimismo, se elevó informe de la Fiscalía donde procedieron a formar dos Legajos de Investigación referentes a los hechos acontecidos que son de público conocimiento.

Esos dos legajos de investigación se tramitan bajo el nuevo Código Procesal Penal, la cual no modifica las leyes de fondo, sino de forma, es decir, los procedimientos.

El Fiscal tomó conocimiento de actos vandálicos contra un comercio y formó el Legajo de investigación fiscal N° 16.255/22 (de oficio p/ robo calificado y daño agravado), iniciado de Oficio por la Prevención Policial, mediante Preventivo N° 74/22.

Y ante las denuncias por maltrato infantil y abuso sexual en los Dispositivos Residenciales «María de Nazaret» y «Rincón de Luz», la UFIC formó el Legajo de investigación fiscal n° 16.262/22 (ministerio público fiscal investiga p/ sup. abuso sexual agravado y maltrato infantil en hogar de niños), iniciándose la investigación el viernes 11 de Marzo para lograr la corroboración o descarte de la información sobre la comisión del delito.

Por su parte la Asesora de Menores informó que ya envió su informe a Fiscalía General el día sábado por la tarde.

Los delitos contra la integridad sexual son de instancia privada, por ello, y teniendo en cuenta especialmente la declaración testimonial se citó para este lunes 14 a la supuesta víctima para que preste ampliación de declaración testimonial y ratifique o rectifique los términos vertidos en el escrito presentado por su hermano D.I.M.

Esta mañana se presentó y ratificó que no quiere modificar lo expresado el día viernes, esto es, no desea avanzar con la investigación por supuestos abusos sexuales. La doctora Benítez corrió vista de la audiencia mantenida hoy al Fiscal.

Asimismo, requiérase a la Licenciada María Clementina Oliva Steed, personal del COPNAF remita los informes psicológicos de los menores a los cuales asiste en los dispositivos residenciales «Rincón de Luz» y «María de Nazareth».

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