Sin embargo, admitió que no se realizaron los estudios médicos para determinar si la ex intendente de Perugorría integra los grupos de riesgo del coronavirus. Aseguró, además, que su hijo menor no se vería afectado por la detención de sus padres.
El presidente del Tribunal Oral Penal en feria de Mercedes, Marcos Mosca Tressens, resolvió ayer no hacer lugar, por ahora, al pedido de prisión domiciliaria para la detenida ex intendente de Perugorría, Angelina Lesieux, al considerar injustificado el riesgo de contraer coronavirus en su situación carcelaria, tal como lo habían planteado los abogados defensores de la ex funcionaria.
Precisamente ayer el doctor Mosca Tressens asumió en reemplazo del magistrado Gustavo Buffil quien, aparentemente, no habría estado dispuesto a firmar el rechazo. Mosca podía y debía haber convocado a sus pares a resolver, pero prefirió emitir la resolución con su sola firma.
El camarista en feria, al actuar de esta manera, echó mano de un decreto ley de la Intervención Federal de Ramón Mestre, en tiempos de intervención a la Justicia correntina, que facultaba al juez de un tribunal en feria a que resuelva por sí solo.
De todos modos, los analistas de temas judiciales analizaban ayer que la polémica resolución es provisoria porque el propio Mosca advierte que podría modificarse si se llevaran a cabo estudios médicos que el sistema público no ha realizado hasta el momento.
Y se preocupó en aclarar que la resolución se hacía debido al urgimiento tanto de la Defensa como del Ministerio Público Fiscal.
Lo cierto es que el decisorio causa algo más que malestar en las esferas del poder central, en función a que contradice el criterio varias veces explicitado por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández respecto del alcance del instituto de la prisión preventiva y la necesidad imperiosa de corregir abusos. Semanas atrás, el propio procurador general del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, en su paso por Corrientes, señaló la preocupación del Gobierno nacional.
El juez Mosca Tressens se integró ayer a las 7, a la actividad. Tres horas más tarde estampó su firma en la resolución que en esferas del Tribunal se dice que llegó vía e-mail desde Corrientes, algo difícil de comprobar. Lo que sí está claro, es que el juez que cesó el domingo a la medianoche, el doctor Gustavo Buffil, reconocido por su independencia de criterio y respeto en el medio, no habría querido firmar el rechazo. Aparentemente, Buffil habría sondeado a los integrantes del TOP para constituir tribunal pero no habría hallado eco favorable.
Tras las consideraciones, en la parte resolutiva el camarista Marcos Mosca Tressens dispuso:
1. Autorizar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación a actuar exclusivamente en el presente incidente bajo la figura de "Amigos del Tribunal" sin revestir calidad de parte.
2. No hacer lugar a la prisión domiciliaria de Angelina Soledad Lesieux, solicitada por su defensa por los fundamentos dados en los considerandos (artículo 10 del Código Penal y 32 de la Ley 24.660 -a contrario sensu-).
3. Librar oficio al Cuerpo Médico Forense de Curuzú Cuatiá a efectos de que informe sobre la posibilidad de efectuar los exámenes que aconsejara el doctor Roberto Morales en esa ciudad por profesionales de la ciudad de Corrientes o de trasladar a la interna Angelina Soledad Lesieux al Cuerpo Médico de Corrientes o nosocomio público que corresponda con las prevenciones del caso, y determinar a la brevedad si integra grupo de riesgo por su afectación de salud en las condiciones en que se encuentra alojada.
La decisión es apelable y a eso ya se encuentran abocados los patrocinadores de la ex intendente, así como la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Anoche, extraoficialmente, El Libertador pudo conocer que los defensores consideraban que el fallo "carece de fundamentos válidos; es arbitrario e inconstitucional", habría expresado uno de ellos.
VULNERABILIDAD
El abogado Marcelo Hanson había solicitado la prisión domiciliaria de Lesieux, haciendo hincapié en el mejoramiento de las condiciones de encierro, en atención a la emergencia sanitaria nacional decretada por la pandemia del Covid-19, en razón de la cantidad de personas concentradas en los lugares de encierro, hacinamiento y contacto estrecho ante un posible brote del virus, al avocamiento del personal policial al control de las medidas destinadas al control de la lucha contra la enfermedad.
También aludía el defensor a la situación de vulnerabilidad en que se encontraría su hijo menor, Ángel Corona en atención a que tiene a ambos progenitores detenidos, situación en la que se estaría violando la Convención sobre los Derechos del Niño.
Al referirse al aspecto sanitario de la ex jefa comunal, el propio magistrado admite que no se pudo realizar en su totalidad la evaluación médica de la interna Lesieux.
La Secretaría de Derechos Humanos, reflejando claramente los puntos de vista del Gobierno nacional en este tema, había solicitado ser tenida en la presente incidencia como "Amicus Curiae", a efectos de aportar fundamentos y que se conceda el arresto domiciliario, a efectos de que el Estado argentino no sea sancionado internacionalmente por la prisión preventiva de la encausada en el marco de la pandemia por el coronavirus y la emergencia sanitaria dispuesta por los decretos del Poder Ejecutivo.
Por su parte, el Fiscal de feria contestó las vistas dispuestas juez, manifestando que se rechace la pretensión de prisión domiciliaria expresando que la situación de la imputada Lesieux no ha variado sustancialmente y adujo que la nombrada no presenta cuadro de afectación actual de salud que permita suponer que se encuentra en riesgo su vida por el Covid-19.
El fiscal tampoco consideró que haya afectación de los derechos de su hijo menor que supera la edad de cinco años, y que "hay peligro de fuga de la misma y/o de posible fuga y/o afectar el normal desarrollo" del proceso judicial.
Al hacer lugar a estos puntos de vista y rechazar los argumentos de la Defensa, el juez Mosca Tressens perpetúa el estado de prisión preventiva de Angelina Lesieux, situación en la que se encuentra desde hace más de dos años, una situación que debe quedar bien en claro porque la situación de la ex intendente es distinta a la de otros conocidos como Milagro Sala o Ricardo Jaime que ya tienen condena, de ahí el reproche del presidente, Alberto Fernández.
Con todo lo que queda sobre el tapete, es el no haber contemplado la recomendación dada por todos los jueces de las distintas salas de la Cámara de Casación Penal de la Nación, algo que de por sí llama la atención.