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Si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Argentina

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Crédito: Fuente: Shutterstock

No existe un impuesto específico que se active apenas recibís una transferencia desde el exterior. Sin embargo, si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Argentina depende de varios factores: el origen de los fondos, el monto recibido, tu situación fiscal y si sos residente argentino.

Cobrar en dólares desde el exterior puede hacerse de forma ágil y transparente con herramientas digitales que te permiten recibir pagos en USD o EUR sin conversiones forzadas ni trámites presenciales.

Cuándo tenés que pagar impuestos por recibir dinero del extranjero

El origen de los fondos, el tipo de operación y tu situación fiscal determinan si hay impuestos que pagar y si pueden surgir controles adicionales. Las operaciones que no son coherentes con tu perfil fiscal, tus ingresos declarados o tu actividad económica pueden llamar la atención de la AFIP o de los bancos, especialmente cuando los montos son elevados o muy frecuentes.

No existe un impuesto por “entrar plata del exterior”, pero sí obligaciones fiscales cuando el dinero proviene de actividades alcanzadas por impuestos (por ejemplo, prestación de servicios, intereses, alquileres, dividendos, etc.) o cuando incrementa tu patrimonio por encima de los mínimos del Impuesto sobre los Bienes Personales. Si esos fondos no se declaran correctamente, pueden generarse ajustes, intereses, multas e incluso inspecciones, además de controles bancarios sobre el origen del dinero.

Los impuestos que podrían aplicarse incluyen, principalmente, el Impuesto a las Ganancias (sobre los ingresos) y el Impuesto sobre los Bienes Personales (sobre tu patrimonio al 31 de diciembre). Si el dinero que recibís corresponde a una actividad económica o hace que tu patrimonio supere los mínimos de estos tributos, deberías declararlo en las declaraciones juradas correspondientes.

Tipos de impuestos que podrían aplicarse

Impuesto a las Ganancias

Argentina aplica el criterio de renta mundial para las personas humanas residentes: es decir, los residentes tributan por sus ingresos tanto de fuente argentina como extranjera. Esto incluye honorarios por servicios prestados a clientes del exterior, intereses, alquileres de inmuebles en el extranjero, dividendos de acciones, entre otros.

Si recibís dinero del extranjero por trabajos realizados, servicios prestados o ventas de bienes como parte de una actividad económica, ese ingreso se considera gravado, aunque el cliente esté en otro país. En esos casos, corresponde declarar el ingreso en tu Impuesto a las Ganancias y, según tu situación (monotributo, responsable inscripto, empleado, etc.), facturarlo de la forma adecuada.

A efectos impositivos, los importes en moneda extranjera deben convertirse a pesos utilizando el tipo de cambio que establezca la normativa aplicable al período fiscal (generalmente, un tipo de cambio oficial del Banco Nación o el que indique la tabla de AFIP/ARCA). Esto es independiente de cómo cobres en la práctica (por ejemplo, si dejás los fondos en una cuenta del exterior).

Impuesto sobre los Bienes Personales

Para el período fiscal 2024, que se paga en 2025, el mínimo no imponible general del Impuesto sobre los Bienes Personales ronda los $292.994.964,89. Es decir, solo se paga si el valor total de tus bienes gravados —en Argentina y en el exterior— al 31 de diciembre supera ese monto.

En Bienes Personales se consideran, entre otros, saldos en cuentas bancarias, inversiones financieras, inmuebles, automotores y determinados derechos. Si el dinero que recibís del exterior queda depositado en cuentas bancarias o invertido a tu nombre y, sumado al resto de tus bienes, supera el mínimo no imponible, podrías estar alcanzado por este impuesto.

En este tributo no se habla de “renta mundial” sino de patrimonio: lo que se grava es el valor de tus bienes al cierre del año, estén en el país o en el extranjero, siempre que superen el mínimo no imponible y no tengan un tratamiento de exención específico.

Fuente: Unsplash
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En qué casos no tenés que pagar impuestos

Existen situaciones donde no se generan obligaciones impositivas al recibir dinero del extranjero:

Transferencias entre familiares directos

A nivel nacional no existe actualmente un impuesto específico a la herencia o a las donaciones de dinero. Sin embargo, la Provincia de Buenos Aires mantiene vigente el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, que puede alcanzar donaciones y otros incrementos patrimoniales a título gratuito cuando se superan ciertos montos.

Si recibís una suma importante de un familiar, conviene documentar la operación (por ejemplo, mediante un contrato de donación) y verificar si corresponde tributar a nivel provincial según el domicilio de las partes y el lugar donde estén los bienes.

Ayuda familiar ocasional

Transferencias esporádicas de familiares que no constituyen un ingreso habitual por una actividad económica suelen no encuadrar como renta gravada a los efectos del Impuesto a las Ganancias. Aun así, si los montos son relevantes, es fundamental poder acreditar el origen (por ejemplo, con extractos bancarios, contratos o declaraciones de quienes envían el dinero) y analizar el impacto en Bienes Personales y, en el caso de la Provincia de Buenos Aires, en el impuesto a la transmisión gratuita.

Montos por debajo del mínimo no imponible

Si tus ingresos y tu patrimonio se mantienen por debajo de los mínimos establecidos para cada impuesto, es probable que no debas pagar Ganancias ni Bienes Personales. De todas formas, según tu actividad y tu historial fiscal, puede ocurrir que igual tengas que presentar declaraciones juradas o que se te apliquen retenciones y percepciones. Ante la duda, lo aconsejable es revisar tu caso con un profesional.

Reintegro de gastos o devolución de préstamos

Si el dinero que recibís es la devolución de un préstamo que hiciste o el reintegro de gastos que habías afrontado por terceros, no se trata en sí mismo de una renta nueva, sino de la recuperación de un capital que ya era tuyo. En estos supuestos también es clave contar con documentación (contratos, transferencias previas, comprobantes) que respalden la naturaleza de la operación.

¿Cómo me pueden pagar desde el extranjero?

Existen múltiples métodos para recibir pagos internacionales en Argentina, cada uno con características distintas:

Cuenta con IBAN europeo: IBAN y Routing Number son datos clave cuando te pagan desde Europa o Estados Unidos. Si quien paga está en la zona SEPA, te van a pedir el IBAN. Este método es ideal para freelancers y profesionales que facturan regularmente al exterior.

Transferencia bancaria internacional: una transferencia bancaria internacional puede costar entre $35 y $40. Atención: esto aplica si el banco no requiere utilizar otras instituciones como intermediarios. Si es así, el monto será mayor.

Plataformas digitales: permiten recibir pagos con mayor agilidad y menores comisiones que los canales tradicionales. Algunas como Global66 te ofrecen IBAN y Routing Number, ni bien activas la cuenta en el exterior.

Servicios de remesas: opciones como Western Union permiten recibir efectivo en pesos, aunque el tipo de cambio puede no ser el más favorable.

Qué hacer si ya recibiste dinero sin declarar

Si recibiste fondos del exterior y no los declaraste, es recomendable no seguir acumulando montos sin asesorarte. Según el origen del dinero, el tiempo transcurrido y tu situación fiscal, puede haber distintas alternativas para regularizar (por ejemplo, presentando declaraciones juradas omitidas o rectificativas) y eventualmente podrían aplicarse multas e intereses.

Consultá con un contador para evaluar si debés presentar declaraciones juradas de Ganancias y/o Bienes Personales, o informar determinados bienes en el exterior. Analizar el caso a tiempo casi siempre es preferible a enfrentar sanciones, inspecciones o trabas bancarias más adelante.

Fuente: Unsplash
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La respuesta a la pregunta de si recibo dinero del extranjero tengo que pagar impuestos en Argentina no es una sola. Depende del origen de los fondos, si constituyen ingresos por actividades económicas, el monto total de tu patrimonio y tu condición de residente fiscal. Lo fundamental es mantener la documentación respaldatoria, declarar correctamente ante ARCA y elegir métodos de cobro transparentes que faciliten la trazabilidad de tus operaciones.

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