Atento al exhaustivo control que realizan las fuerzas de seguridad, nacionales y provinciales, desde el Colegio de Escribanos de Corrientes, se recordó a los profesionales del rubro que las autorizaciones para conducir y/o exportar temporariamente automóviles otorgadas ante Escribano Público, que deben ser registrados obligatoriamente por disposición de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
La registración se efectiviza de la siguiente forma: Una vez ingresado el notario a la página en el sistema ACyET (Link) de la DNRPA con usuario y clave personal. Respecto a la Serie y número de Foja debe ingresar el dato de la Foja Móvil utilizada en la autorización, y con el fin de unificar criterios.
Para el caso de Autorizaciones realizadas Extra Protocolarmente, lo que se debe consignar es la Serie y Número de la Foja de Certificación de Firmas.
Si la Autorización se realiza en Escritura pública, la foja que debe ingresar es la del Concuerda Notarial, completando el número y serie del sellado.
Luego de completar el Formulario de Alta, debe proceder a Grabar todo lo declarado.
Realizados los pasos anteriores, debe Imprimirse el correspondiente formulario que le emite el sistema para su posterior entrega en el Colegio de Escribanos.
El Colegio de Escribanos, una vez recepcionado el formulario con el número que le emite el sistema para identificar la autorización declarada, procederá a validarla a través del sistema de la DNRPA.
Hay que tener en cuenta que para optimizar y facilitar la comunicación de estos instrumentos al Colegio Notarial, las autorizaciones realizadas por Escribanos del interior de la Provincia, luego de la impresión el mismo, deberá ser enviada al Colegio de Escribanos vía e-mail: sistemas@cec.org.ar
Con el asunto Validación Autorización Para Conducir, para así proceder conforme a las disposiciones vigentes e ingresar su posterior validación.
Colegio de Escribanos Corrientes