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Protocolo de pesca deportiva en contexto de pandemia

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Crédito: 153521

Se aprobó un reglamento para la pesca deportiva en base a lineamientos dados por la Nación y la Provincia.

 

El municipio de Goya, en base a los fundamentos dados y siguiendo los lineamientos impartidos por el Gobierno Nacional, Provincial y el Protocolo de Seguridad reglamentó la actividad de pesca, a través de la resolución municipal Nº 980 para todos los habitantes de la provincia que lleguen a pescar o acampar en esta localidad.

 

De acuerdo a ella:

 

Se permiten hasta cuatro tripulantes por embarcación.

 

Se deberá establecerse un sistema de turnos de embarque y desembarque, a fin de evitar aglomeraciones en el puerto.

 

Deberá evitarse el alquiler y/o prestamos de equipos de pesca y otros elementos que puedan circular de persona a persona, cada pescador deberá tener su equipo desde el inicio hasta el final de la jornada.

 

Los guías deberán evitar en todo momento manipular elementos de pescadores, por ejemplo, equipos de pesca, cámaras fotográficas, etc.

 

Posterior a la excursión, todos los elementos de la embarcación deberán ser desinfectados mediante solución de hipoclorito de sodio al 10 %.

 

El turista pescador deberá trasladarse a la zona de embarque mediante transporte particular. En caso de usar transporte de uso público asegurar la limpieza y desinfección de acuerdo a lo enunciado por las autoridades.

 

Los prestadores que formen la cadena de proveedores deberán respetar los protocolos establecidos para la actividad.

 

​Respecto del canotaje y el kayak, además de las indicaciones establecidas en el apartado anterior, se establecen las siguientes:

 

Una persona por canoa o kayak, independientemente de su capacidad.

 

Habrá horarios con margen de 30 minutos de espera a la próxima salida para la higienización, la cual deberá realizarse con solución acuosa de hipoclorito de sodio al 10 %, tanto de embarcaciones como los elementos de seguridad utilizados.

 

Equipo básico para la pesca en kayak.

 

Campamento en islas

 

Se permitirá la instalación de campamentos en zona de islas con un tope de 10 personas y respetando las condiciones de seguridad y distanciamiento social. En caso de que se instalen carpas, dependiendo del tamaño, se permitirá una persona por cada dos metros cuadrados o con carpas individuales. Se prohíbe compartir elementos de pesca y/o enseres de cocina o para comer, incluyendo cubiertos, vasos, mate y/o bebidas que se sirvan en un recipiente común, etc.

 

Previo al viaje y/o la instalación del campamento en zona de islas, se deberá informar, con carácter de declaración jurada a la Dirección de Turismo del Municipio, una lista de las personas que acamparán y el lugar de destino, así como también, duración del mismo, nombre, apellido, D.N.I., domicilio, etc. de cada integrante del campamento.

 

La Dirección de Turismo otorgará, de corresponder, una autorización para la instalación de los campamentistas, la que deberá quedar en poder de un responsable que integre la comitiva y ser presentado para control ante cualquier autoridad que lo requiera.

 

Quienes no cuenten con dicha habilitación y/o no se encuentren incluidos dentro de la lista que contendrá la misma, serán considerados infractores, debiendo regresar inmediatamente a la ciudad de Goya, siendo pasibles además de las multas y/o sanciones que dicho incumplimiento ocasione.

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