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Los medicamentos podrán venderse hasta en los kioscos

Se desfinancia la producción pública de medicamentos y vacunas. Se termina con la obligatoriedad de que haya un farmacéutico presente en la farmacia y se permite la comercialización de fármacos en cualquier establecimiento. Especialistas analizan a quién benefician estas medidas y cuál era la urgencia.

Entre las medidas para la desregulación de la economía anunciadas anoche en el megadecreto del presidente Javier Milei, las del rubro de la salud también hacen lo propio en relación a los medicamentos y vacunas: tienden a retirar la intervención estatal de su producción, distribución y comercialización.

Se desfinancia la producción pública a bajo costo. Se autoriza la comercialización (de los de venta libre) en cualquier tipo de comercio. Y hasta se termina con la obligatoriedad de que haya un profesional idóneo presente en la farmacia. Los especialistas consultados en esta nota coinciden en que se trata de paquete de modificaciones que en su mayoría -y en oposición al objetivo con el que se las justifica- no sólo no bajarán los precios de los medicamentos, sino que “parecen impulsadas por las cámaras de propietarios de grandes farmacias”.

Venta libre

A través del artículo 313 del DNU, se sustituye el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley 17.565, que reglamenta el ejercicio de las farmacias, donde se elimina la exigencia de que "los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas". También deja sin efecto lo que establecía la ley, que determinaba que "la venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia".

Que las farmacias pierdan la exclusividad de vender medicamentos es para Rubén Sajem, director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar), algo negativo que ya se probó en los 90, con la desregulación planteada por Domingo Cavallo. “En esa época, los medicamentos empezaron a aparecer en kioscos, supermercados, estaciones de servicio y en la vía pública, a valores mucho más altos de los que tenían en las farmacias y sin ningún tipo de control”.

Para Sajem, es un beneficio que se le da a las cámaras elaboradoras de medicamentos de venta libre (que lo reclaman hace mucho) y tiene como único objetivo aumentar sus ventas. Pero de ningún modo beneficia la disminución de precios, ni apunta a mejorar la calidad de los medicamentos.

“Esto mismo ya se había revertido en el año 2009, con la ley 26.657 (ley de salud mental), que fue sancionada por unanimidad, para que los medicamentos de venta libre no se vendan más fuera de las farmacias, e incluso para que dentro de las farmacias se dispensen en el mostrador y por un profesional farmacéutico, y no en góndolas”. Uno de los objetivos era evitar la compra por impulso y la automedicación.

Dispensar adecuadamente un medicamento es, según señala Juan Manuel Castelli -médico sanitarista, especialista en enfermedades infecciosas e investigador- la función esencial de una farmacia: “Tiene un propósito básico que es asegurar que lo prescripto por alguien que tiene la formación profesional para hacerlo, el médico en este caso, sea dispensado por quien tiene competencias profesionales para hacerlo. Tan sencillo e importante como eso, es lisa y llanamente un aspecto fundamental en la seguridad del paciente, adicionalmente asegura la calidad de lo dispensado”. En última instancia ese es el modo más efectivo de intervenir para evitar el fraude o el tráfico ilegal de medicamentos.

Medicamentos genéricos

Por otro lado, la ley de medicamentos genéricos seguirá vigente, pero el DNU introduce una modificación: se prohíbe la sugerencia de marca. Le quita al médico esa posibilidad y sólo dice que “el farmacéutico es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas que requieran recetas en cualquiera de sus modalidades”.

Para Rubén Sajem, este es el “único aspecto positivo que tiene este decreto. Es algo que veníamos pidiendo pero que se podría haber corregido en la ley de prescripción por nombre genérico, no hacía falta hacerlo de esta manera, ni había urgencia”.

En contraposición, Eduardo Franciosi, director ejecutivo de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (Cilfa) y presidente de la Unión Industrial de la Ciudad de Buenos Aires, posteó hoy: "Contradictorio que un gobierno liberal inhiba a través de un DNU la libertad de los médicos para prescribir marcas".

Para Juan Manuel Castillo, la sustitución del art 2 de la Ley 25.649 tampoco representa en lo más mínimo una prioridad. Pero además podría afectar el derecho del ciudadano a solicitar al farmacéutico un medicamento de menor precio. Y esto sucede porque queda librado a la exclusiva decisión de la persona que vende el medicamento.

Producción pública de fármacos y vacunas

En DNU elimina también el Programa de Producción Pública de Medicamentos y la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos. Es una medida perjudicial porque es lo que permite intervenir en los mercados para abaratar los precios. Permitía también el desarrollo de industrias nacionales que puedan proveer medicamentos de alto precio por ejemplo para oncología, VIH, enfermedades de origen genético, vacunas. Sajem asegura que esta medida “va a bloquear el desarrollo de iniciativas que busquen producir nuevos medicamentos biotecnológicos, que es algo que se estaba logrando promover, y la oferta de medicamentos para tratamientos crónicos y esenciales y de uso de común (para control de hipertensión arterial, control de diabetes, anticonceptivos), que se estaban produciendo de forma mucho más económica en los laboratorios públicos y era una vía que sí demostró funcionar para abaratar los precios. Así que no se entiende por qué, si el sentido de este DNU es bajar los precios de los medicamentos, se elimina la producción pública. Hay un grave problema conceptual ahí. E ideológico, pero que no tiene ningún fundamento en cuanto a la realidad de la investigación pública”.

Otra de las consecuencias de la anulación de la inversión en Investigación, desarrollo y producción pública o por asociación pública/privada será “involución en la generación de nuevos competidores en el mercado local y regional lo cual impacta directamente en el mercado, puede favorecer no solo la presencia monopólica, es decir un solo oferente en el mercado local, sino que es un duro golpe para la continuidad del desarrollo de tecnologías que permitan agregar valor a los producción y empleo de calidad”, advierte Castelli.

“La producción pública está orientada a la elaboración de algunos medicamentos que algunos laboratorios ya dejan directamente de producir porque no son rentables, sobre todo en aquellas enfermedades mal denominadas desatendidas. Si se dejan de producir en la esfera pública no habrá cómo reemplazarlas”, señala con preocupación Sandra Tirado, médica pediatra y ex viceministra de Salud de la Nación.

En términos de producción, dice Castelli, “lo más preocupante es que la decisión de eliminación de la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos es directamente opuesta a lo que se proponen. Si uno quiere favorecer la competencia en el mercado de medicamentos debe tener una decisión de participar activamente como actor en el mercado estimulando la inserción de más actores, no menos”.

Las funciones del farmacéutico

A través de la derogación de los artículos 13, 20, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley 17.565, permite "la instalación de casas o talleres de óptica en las farmacias" y que los farmacéuticos que tengan al mismo tiempo título de médico u odontólogo, "ejerzan simultáneamente ambas profesiones".

Se admite que los farmacéuticos y bioquímicos puedan ser a la vez directores técnicos de una farmacia y laboratorio de análisis clínicos, lo cual estaba prohibido, al igual que la posibilidad de tener consultorios médicos u odontológicos en el local de una farmacia o anexado a la misma.

Se admite también que las droguerías despachen recetas y se habilita que un farmacéutico sea director técnico de más de una farmacia; ambas cosas estaban prohibidas. Un punto importante es que posibilita que las farmacias puedan funcionar sin farmacéutico de turno. Permite que un mismo farmacéutico pueda llevar adelante la dirección técnica de varias farmacias a la vez, por lo cual, no puede estar presente en todas. “Si no estás presente no podés controlar ni saber cómo se están administrando los medicamentos. Un farmacéutico presente cumple una función esencial”, dice Sajem. Desde el punto de vista sanitario, asegura el especialista, el retroceso es enorme.

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