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Le negaron una indemnización a un albañil lesionado mientras trabajaba

La Justicia correntina le negó una indemnización a un albañil que cayó de un andamio y se fracturó el tobillo mientras trabajaba en una casa. Se argumentó que no había relación laboral con el empleador, ya que la contratación fue mediante un contrato verbal.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ), por unanimidad, rechazó un recurso extraordinario presentado por un albañil que demandó por daños y perjuicios a un hombre que lo contrató verbalmente para realizar modificaciones en su domicilio.

De esta manera el STJ confirmó lo decidido en primera y segunda instancia, donde se consideró que el trabajador lastimado y los demás albañiles “se obligaron en carácter de cuentapropistas y no existió entre las partes una relación de empleo que involucre la aplicación de la normativa laboral”, informó la Justicia correntina.

Los ministros del tribunal supremo explicaron en el fallo que “la responsabilidad imputada al actor debía regirse por las normas del contrato de locación de obra, y el dueño no debía responder por la imprudencia o negligencia del locador. Tampoco por el riesgo propio de la actividad para la cual había sido contratado y sobre la que tenía conocimientos específicos”.

Previamente, la Cámara de Apelaciones también sostuvo que “no podía endilgarse responsabilidad por falta de provisión de medidas de seguridad dado que no se trató de una relación de empleo que pusiera en cabeza del empleador brindar tales elementos, y no surgían pruebas de que la utilización de ellos hubiera evitado la caída”.

Con primer voto del ministro Guillermo Horacio Semhan, el Superior Tribunal consideró que en el recurso el albañil no presentó ningún planteo nuevo y se limitó a reproducir los cuestionamientos que la Cámara ya había contestado.

Además, indicó que “aunque el andamio fuera propiedad del dueño de casa, no fue el uso del andamio lo que ocasionó la caída, sino la mala maniobra de un tablón por parte del propio damnificado”.

Al voto del doctor Semhan adhirieron Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri, y Alejandro Chaín.

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JUSTICIA ALBAÑIL STJ

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