La industria alimenticia y el campo son considerados servicios esenciales y no están obligados a realizar el aislamiento social. La medida rige desde este viernes. El avance del virus Covid-19 en Argentina obligó al Presidente a tomar la determinación de decretar el aislamiento social obligatorio. Esta medida fue anunciada tras un encuentro con gobernadores y ministros de la Nación.
La cuarentena comenzó este viernes y rige hasta el 31 de marzo. Durante este período las personas deberán permanecer en sus residencias, excepto la industria alimenticia y la producción agropecuaria.
Qué dice el Decreto
EL Decreto 297/2020 establece que no se puede concurrir a los lugares de trabajo y las personas no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos. De esta manera se busca prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19.
Tal como lo anunció el Presidente en conferencia de prensa, los servicios considerados esenciales quedarán exceptuados de la cuarentena, entre ellos el campo. Cabe destacar que diferentes regiones del país, el productor agropecuario está en plena cosecha de algodón y próximo a la de soja y maíz.
Además, la producción pecuaria debe abastecer de alimentos a la sociedad argentina. Por este motivo, el artículo 6 establece que queda exceptuado del aislamiento social y obligatorio aquellas personas que ejercen actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
También podrán circular aquellos que trabajen en industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza. Por su parte, las veterinarias permanecerán abiertas.
Que dice el comunicación campaña de vacunación fiebre aftosa y movimientos vinculados - Situación COVID-19
El CVPBA, comparte el comunicado respecto a la campaña de vacunación fiebre aftosa y movimientos vinculados, ante la situación COVID-19.