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Corrientes: indemnizarán a los padres de una adolescente que murió por mala praxis

En el hospital se demoraron en intervenirla quirúrgicamente. Sufría un cuadro de apendicitis aguda, con vómitos y dolores en el abdomen, lo que luego derivó en una peritonitis generalizada.

Un juzgado con competencia administrativa de la provincia de Corrientes hizo lugar a una demanda por daños y perjuicios presentada por los padres de una adolescente de 16 años que murió por una peritonitis generalizada, por considerar que existió un tratamiento inadecuado al abordar su cuadro febril y de vómitos. De esa manera, la profesional de salud y el Estado provincial deberán indemnizarlos en concepto de daño material, psicológico y moral por mala praxis y “prestación irregular” del servicio de salud.

Según informaron fuentes judiciales de Corrientes, el 3 de febrero de 2021 una adolescente falleció en un hospital de la capital provincial tras ser derivada de urgencia al Hospital de Saladas con un cuadro de descompensación general. Los malestares de la joven se habían registrado dos días antes, el 1 de febrero, cuando junto a sus padres consultó a la guardia del Hospital de Santa Rosa por vómitos y un fuerte dolor abdominal. Ninguno de esos síntomas habían cedido frente a la medicación que le prescribieron, sino más bien todo lo contrario, se intensificaron.

El primer diagnóstico que recibió en la guardia del Santa Rosa fue de apendicitis aguda. Allí se decidió su traslado al Hospital de Saladas debido a su centro de internación e intervención quirúrgica y el cuadro grave de la paciente. Sin embargo, pasaron casi 24 horas sin que desde esta institución de salud se llevara a cabo una intervención quirúrgica o una derivación.

La causa por daños y perjuicios recayó en el Juzgado con Competencia Administrativa N°2, en cabeza de la jueza María Belen Güemes. El expediente buscó revelar la existencia o no de una prestación irregular -una falta de servicio- en la atención de salud a cargo del Estado provincial. También buscó verificar si había existido una práctica inadecuada -mala praxis- por parte de la médica que atendió a la paciente en el Hospital de Saladas.

En el juicio, tramitado a través de audiencias, se llevaron a cabo distintas pruebas informativas, testimoniales, pedidos de historias clínicas y diversas pericias. El elemento central del que se valió la jueza para resolver fue la pericia médica desarrollada por el Cuerpo Médico Forense.

El informe este órgano dio cuenta de un “diagnóstico presuntivo de derivación de abdomen agudo, por probable apendicitis aguda” debido a los “antecedentes de dolor abdominal en fosa ilíaca derecha” con más de 24 horas de evolución, junto a un cuadro de “distensión abdominal, vómitos y diarrea, con ruidos hidroaéreos escasos”.

De esa situación, precisaron los médicos forenses, se podrían esperar dos respuestas: “o la derivación inmediata a otro centro quirúrgico para correcta valoración e intervención de la paciente; o en caso de no contar con centro de derivación, establecer plan quirúrgico para su intervención en el Hospital María Auxiliadora de Saladas, conformando equipo quirúrgico, y teniendo en cuenta que la médica demandada es especialista en cirugía general”, informó el Poder Judicial de Corrientes.

La intervención por parte de los profesionales de la salud se hizo esperar, pese a la gravedad del cuadro. La pericia médica consideró que el retraso quirúrgico implicó una “pérdida de chances para resolver la patología que afectaba a la joven, que derivó en una apendicitis aguda gangrenosa y peritonitis generalizada”.

Al momento de declarar procedente la demanda interpuesta por los padres de la víctima, la jueza dio por acreditado que el “diagnóstico, derivación y tratamiento brindado por la médica demandada” no había sido “oportuno ni adecuado para evitar el agravamiento del cuadro de la paciente y su posterior fallecimiento”. En esa línea, precisó que su accionar fue culposo, ya que evidenciaba “impericia en el ejercicio de su profesión”, lo que exigía una respuesta civil o patrimonial.

Por su parte, la jueza consideró que el Estado provincial incurrió en una responsabilidad administrativa por brindar una prestación de salud de forma irregular, puesto que la médica demandaba -que actuó con impericia al momento de atender a la adolescente- ejercía bajo el carácter de funcionaria pública dentro de la institución.

A su vez, se extendió el pago de daños y perjuicios por los daños material, moral y psicológico del fallecimiento de la paciente a la aseguradora contratada por el hospital.

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