Son dos los proyectos que conjuntamente buscan solucionar el déficit habitacional y a la vez recuperar asentamientos y mejorar servicios.
El proyecto de ley para crear del Fondo Fiduciario Público de Viviendas de la Provincia de Corrientes (Fofivi), que tiene por objeto impulsar y facilitar la construcción y adquisición de viviendas buscará en las próximas semanas el aval de la Cámara de Senadores de la Provincia, tras el aval de la Cámara baja. El diputado, Eduardo Vischi fue el impulsor de esta iniciativa y de la de integración de barrios populares.
Se trata de dos herramientas claves para contrarrestar el déficit habitacional persistente, el proyecto está diseñado para responder ante la emergencia, atendiendo los déficits de vivienda, de infraestructura sanitaria y de equipamiento urbano. A la vez, permitirá dinamizar la obra pública, privada y de todas las industrias relacionadas con la construcción, para que miles de argentinos puedan volver a trabajar rápidamente.
La propuesta establece que el Fiduciante será el Poder Ejecutivo Provincial, el Fiduciario será el Banco de Corrientes SA. y que los beneficiarios serán: el Fiduciante, los contratistas de obras de construcción de viviendas y desarrollo integral de proyectos urbanísticos e inmobiliarios, los titulares de créditos hipotecarios para construcción de viviendas y aquellos no enumerados que determine el Comité Ejecutivo.
En consecuencia, el Banco de Corrientes SA tendrá a su cargo administrar el fondo con el destino exclusivo e irrevocable de cumplimiento de lo establecido en este proyecto de ley y de acuerdo a las instrucciones que le imparta el Comité Ejecutivo.
El Comité Ejecutivo del Fideicomiso a crearse será el encargado de fijar las pautas, condiciones e impartir las instrucciones al Fiduciario, debiendo efectuar el seguimiento de sus actividades.
El proyecto fija con claridad que los bienes del Fondo se deben destinar a la construcción de viviendas y desarrollo integral de proyectos urbanísticos e inmobiliarios para el acceso a la vivienda, y al otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición o construcción de viviendas únicas y permanentes.
Con el objeto de realizar la infraestructura necesaria para el acceso a la vivienda y su correspondiente inversión y financiamiento se prevé que el Fondo establezca estrategias de coordinación con los municipios, el Instituto de Vivienda de Corrientes, con las empresas constructoras privadas y con el Fondo de Desarrollo, Garantía y Sustentabilidad y Anticíclico (Fdgsa) creado por el Decreto Nº 1.947/18, texto según Decreto Nº 3.122/18.
El Fofivi tendrá una duración de 30 años, contados desde la fecha de su constitución, mediante la celebración del correspondiente contrato de fideicomiso y se regirá por la presente ley, su reglamentación y por las normas del Código Civil y Comercial de la Nación.
El proyecto fija con claridad que los bienes del Fondo se deben destinar a la construcción de viviendas.