La Delegación Regional NEA de ese organismo destacó la operatividad lograda en este distrito. Admiten mayor cumplimiento de los requerimientos técnicos y documentarios en servicios de transporte de pasajeros, de turismo y combis, entre otros.
a Delegación Regional NEA de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) informó que, en lo que va de 2019, ya realizó controles en 21 mil vehículos en Corrientes.
La titular de esa área, Florencia Pindo, señaló a época que “el principal objetivo es hacer cumplir los requerimientos técnicos y normativas vigentes en torno al transporte de pasajeros (micros de servicios públicos de media, larga e interjurisdiccional, combis, y también de turismo), camiones de cargas generales y peligrosas, nacionales e internacionales, para evitar accidentes y anormalidades”.“Estamos muy conformes con lo desarrollado en lo que va del año. Creció el numero de inspecciones y se redujo la cifra de infracciones, es un gran avance, porque los empresarios comprendieron la importancia de cumplir con los requerimientos exigidos en sus servicios”, agregó.
El avance en los controles se dio a partir de la implementación de la aplicación Fiscalización Inteligente Simple (FIS), desarrollada por la CNRT, que es utilizada a través de las computadoras portátiles PDA (Personal Digital Assistant), dispositivos especialmente desarrollados para la fiscalización. Esto redujo los tiempos de 25 a 8 minutos (cruzamiento de datos).
En terreno
Las verificaciones se hacen en las Rutas Nacionales 12, 14 y 16. Se realizan testeos de alcoholemia y se controla que todos los vehículos tengan la documentación obligatoria para circular: Licencia de Conducir vigente y habilitante para el tipo de vehículo, DNI, Cédula de Identificación de Vehículo, permiso para circular (cédula azul) o autorización ante escribano, Oblea y Certificado de la Revisión Técnica Obligatoria (según legislación del lugar en el cual se encuentra radicado el vehículo), comprobante vigente de la póliza de seguro obligatoria, comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente) y comprobante y oblea vigentes para el caso de vehículos que posean GNC; además de cumplir con el descanso de choferes y medidas de seguridad; así como tener ambas chapas patentes colocadas visibles, sin alteraciones, en buen estado y en el lugar correspondiente.
Clandestino o ilegal
Un transporte ilegal, también llamado clandestino, es aquel que no cuenta con ningún tipo de habilitación para brindar un servicio de transporte. No tiene Revisión Técnica Obligatoria (RTO), la empresa no está habilitada para la actividad ni inscripta en CNRT y no cuenta con seguro para pasajeros.
En los casos de transporte ilegal, siempre hay sanción y retención. No se infracciona solamente la unidad, además, esta se debe retener en todos los casos por el peligro que implica para los pasajeros y para los transeúntes que circule.
“Los rodados tienen un tiempo mínimo de retención de 20 días hábiles y un costo de devolución de la unidad. Al mismo tiempo, se le imputan sanciones por 40.000 boletos mínimos”, describieron desde la CNRT.
Viajes con menores
CNRT difundió una serie de normas vinculadas al traslado de menores de edad en micros de larga distancia. Se trata de una exigencia necesaria para prevenir situaciones como la sustracción o la trata.
Los menores de seis años no podrán viajar solos. Siempre deben ir acompañados por uno de sus padres, por su representante legal o por un tercero autorizado. Si los chicos tienen entre 6 y 12 años inclusive, deberán viajar acompañados por uno de sus padres, por su representante legal, por un tercero autorizado, o bien pueden utilizar el servicio de “menor no acompañado” que pueden brindar las empresas. Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar solos con autorización de uno de sus padres o de su representante legal.

El acompañante, en todos los casos, debe acreditar el vínculo (padre o representante legal) o la autorización al momento de viajar. Cualquiera sea el caso, el vínculo con la persona que viaje con los menores o que los autorice a viajar solos, debe acreditarse frente a las autoridades correspondientes, que pueden ser personal de la CNRT o de las fuerzas de seguridad.
¿Qué documentación se necesita?: DNI/ pasaporte del menor, en original y fotocopia. DNI del adulto (padre, madre o representante legal), en original y fotocopia. Libreta de Matrimonio con el nacimiento asentado o partida de nacimiento o acta de nacimiento o testimonio judicial de adopción, en original y fotocopia. El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor si este contiene el nombre de sus representantes legales. Si se autoriza a una persona para que acompañe al menor, al momento de cruzar la frontera, deberá presentar su DNI y la autorización correspondiente.