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Anulan disposición que limita el tamaño de barcazas para atravesar el puente Chaco-Corrientes

La Administración General de Puertos dejó sin efecto la disposición que limitaba el tamaño de los trenes de barcazas que podían atravesar el Puente Interprovincial General Manuel Belgrano, que conecta Chaco y Corrientes, en el tramo norte de la Vía Navegable Troncal.

De esta manera, se logrará agilizar el tránsito en la zona, generando una fuerte baja en los tiempos de navegación –y su respectivo impacto positivo sobre los costos- así como una sensible mejora en la seguridad del recorrido.

Asimismo, AGP elevó una propuesta de mejora integral del balizamiento de la zona, que permitirá nuevas mejoras en el flanqueo del puente en el corto plazo.

Años atrás, una barcaza colisionó contra la estructura del Puente, desplazando las defensas de las pilas, lo que generó límites a la navegación. Para la gran mayoría de barcazas que recorren el tramo norte de la VNT, eso implicaba desarmar los trenes o convoyes, pasar en partes la carga y rearmar las mismas una vez superado el puente.

Esa deficiencia implicaba una mayor duración de los viajes y por ende un mayor costo logístico. La obra, concluida por Vialidad Nacional en coordinación con AGP, implica resolver uno de los puntos centrales del diálogo regional sobre las mejoras que se realizan sobre la Vía Navegable Troncal.

Las tareas incluyeron el reposicionamiento de defensa de la pila Nº 5 del Puente, habiendo realizando instalaciones de torres nuevas identificadas con el color del veril y sus correspondientes marcas de veril identificadas con figuras geométricas en material reflectivo en concordancia con el sistema de señalización implementado en la VNT, en las defensas de las pilas principales N° 6 y 5 de aguas arriba y aguas abajo y su consecuente sistema lumínico con linternas auto-contenidas y tecnología LED en las defensas de las pilas en cuestión.

Ahora, podrán circular barcazas más amplias por el Puente: aguas arriba, se extendieron las dimensiones de los convoyes de empuje (incluido el buque remolcador) hasta 290 m. de eslora y 60 m. de manga, cuando la potencia del buque remolcador no sea inferior a 4.000 HP. En caso de menor potencia, podrán circular barcazas de hasta 170 m. de eslora y 60 m. de manga, siendo el mínimo requerido de potencia de 2.000 HP.

En tanto que aguas abajo, las dimensiones habilitadas por Prefectura Naval Argentina se extendieron hasta los 230 m. de eslora y 50 m. de manga para los convoyes con el poder de 4.000 HP, mientras que para los inferiores será de 170 m. de eslora y 50 m. de manga.

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