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Aerolíneas ya opera dos vuelos semanales Ezeiza-Corrientes

El aeropuerto internacional “Fernando Piragine Niveyro” recibió esta semana dos servicios de Aerolíneas Argentinas, con los que de a poco va recuperando dinámica en materia de vuelos aerocomerciales.

El primero de los servicios arribó el martes (provenientes de Ezeiza) con 47 pasajeros y regresó a Buenos Aires con 45 butacas ocupadas. Ayer se dio el segundo vuelo, en esta ocasión arribó con 79 pasajeros y se fue con 85.

“Por ahora, los que viajan en la compañía de bandera son personas que viajan por cuestiones de salud, trabajo o cumplen servicios esenciales. A partir de semanas próximas seguramente ya se podrá recibir a turistas”, comentó a época el jefe de Departamento Aeródromos y Aeropuertos por la Dirección de Aeronáutica, Carlos Tressens.

Sobre el protocolo sanitario aplicado en virtud de la pandemia de coronavirus, el funcionario indicó que “se trabaja con Salud de la Provincia, con la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), y la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Se hacen testeos quienes llegan y quienes se van”.

Consultado acerca de si registraron algún tipo de anomalía en esos controles, Tressens señaló que: “Los únicos problemas hallados fueron con la documentación requerida. Hubo más de 20 pasajeros que tenían los permisos de la provincia vencidos. Al bajar del avión, gestionaron ese aval y cuando lo cumplimentaron satisfactoriamente siguieron su rumbo”.

“No hemos encontrado personas con fiebre, ni nada semejante”, clarificó. Por último, dijo que esperan, en breve, que Aerolíneas dé a conocer un cronograma de vuelos hacia Corrientes para lo que resta de noviembre.

En otro orden, ayer la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) reglamentó los requisitos que deberán cumplir las compañías aéreas para obtener la autorización que les permita realizar vuelos de cabotaje regulares.

La resolución, que consta de ocho artículos y lleva la firma de la titular de la ANAC, Paola Tamburelli, fija que “los pasajeros que pretendan ser transportados por vía aérea deberán portar el ‘Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID-19” y/o el instrumento sustitutivo o complementario que requiera la normativa vigente”, refiriéndose en este caso a permisos especiales para tratamientos médicos o situaciones laborales.

Además, instruye a la Dirección Nacional de Transporte Aéreo a aprobar las programaciones horarias de las operaciones de servicios de transporte aéreo regular de cabotaje, “previa anuencia por parte de las autoridades provinciales pertinentes o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda en función del origen y destino del vuelo”.

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