Interior

La Justicia ordenó la construcción de rampas y contrapiso en la casa de un joven con invalidez

El doctor Daniel Azcona, titular del Juzgado Civil y Comercial, Laboral, Familia, Niñez, Adolescencia y Paz ordenó al municipio de esa localidad que construya rampas de acceso y contrapiso alrededor de la casa donde vive un joven con una enfermedad irreversible en la columna que no le permite moverse y vive con tres hermanas, dos de ellas, menores de edad.

Mediante resolución 89/22 también ordenó a los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud que intervengan a fin de solucionar la problemática habitacional y de salud del joven y los intimó a dar una respuesta inmediata. Estas carteras deberán proveerle de un colchón de agua o inflable. Además dio intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces de Goya.

Las actuaciones se iniciaron cuando una vecina de Santa Lucía se acercó al juzgado espontáneamente e hizo saber que se enteró por la red social Facebook que el joven vivía en una situación de máxima vulnerabilidad en una vivienda precaria y, dada su enfermedad, necesitaba una silla de ruedas y un colchón de agua. Posee escaras y también necesita retirar su carnet de discapacidad, lo que hasta el momento no lo pudo realizar por no contar con los medios para llegar a Corrientes. Tampoco asiste a los controles médicos por la misma causa. La mujer indicó además que recorrió diferentes instituciones solicitando ayuda, sin resultados.

Por ello el doctor Azcona inició de oficio la causa y resolvió con habilitación de días y horas inhábiles que la municipalidad de Santa Lucía construya rampas de acceso y contrapiso a fin de facilitar el acceso a la vivienda en un lapso de 10 días.

Ordenó a los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud que intervengan a fin de solucionar la problemática habitacional y de salud del joven y les requirió que brinden un colchón de agua o inflable.

Situación de vulnerabilidad

En un párrafo dedicado especialmente al joven, el juez le expresó en Lectura Fácil: "Lamento querido M. L., que te haya tenido que tocar un juzgado para que tu salud y bienestar deba ser atendido".

"La situación de salud de M. L. no amerita dilaciones, donde fruto del episodio que lo privara de caminar, sabido es que ello afecta a todo sueño que haya alguna vez tenido, y tal vez serán otros los sueños, y espero asó sea, puesto que debe superar anímica, física y emocionalmente esta situación", indicó el magistrado.

Consideró que los sujetos vulnerables sufren la permanente revictimizacion de un Estado ausente y la falta de humanidad de quienes los rodean, generando un entorno negativo, que solo tiene a perjudicar y agravando la situación. Y que las normas internacionales, como las 100 Reglas de Brasilia, la Ley 26.378 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, como las demás normativas provinciales, crean el contexto propicio y necesario de resolver la presente situación de la manera inmediata y necesaria.

SANTA LUCÍA

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