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Corrientes: Establecen fórmulas para el juramento de magistrados y funcionarios judiciales

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El Superior Tribunal de Justicia estableció tres fórmulas que regirán como únicas opciones de los juramentos de magistrados, funcionarios y técnicos profesionales del Poder Judicial.

 

El juramento es un requisito legal para el inicio de la función judicial, que implica un compromiso asumido en forma expresa y solemne por el magistrado o funcionario Judicial, de forma protocolar y bajo una fórmula prefijada, a fin de asumir el ejercicio del cargo con un comportamiento inspirado principalmente en la fidelidad y lealtad respecto de los deberes generales y particulares de la función judicial.

 

El juramento tiene una doble garantía: desde lo personal y profesional, el magistrado o funcionario realiza una promesa por la obligación de prestar el servicio con responsabilidad y convicción de actuar con independencia y desde la perspectiva social y en particular de los ciudadanos destinatarios del servicio, por la fidelidad del apego y observancia a los preceptos de las Constituciones de la Nación, Provincia y leyes vigentes.

 

En ese marco, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes consideró oportuno y conveniente, establecer las fórmulas que regirán como únicas opciones de los juramentos de magistrados, funcionarios y técnicos profesionales del Poder Judicial.

 

Así, el máximo órgano de justicia estableció las fórmulas siguientes:

 

- “POR DIOS, LOS SANTOS EVANGELIOS, LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, CONSTITUCIÓN PROVINCIAL Y LEYES VIGENTES”.

 

- “POR DIOS, LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, CONSTITUCIÓN PROVINCIAL Y LEYES VIGENTES”.

 

- “POR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, CONSTITUCIÓN PROVINCIAL Y LEYES VIGENTES”.

 

Según lo dispuesto, estarán obligados a prestar juramento de ley, para iniciar la relación de empleo público con el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes: 1°) Magistrados; b) Funcionarios y c) Técnicos Profesionales, en calidad de Planta Permanente o de Personal Transitorio (Sustitutos o Contratados).

 

Las formulas establecidas también serán obligatorias para los peritos u otros auxiliares de la Justicia, cuya habilitación profesional es de competencia exclusiva de este Superior Tribunal de Justicia.

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