Info General

Conductores denuncian presencia de animales sueltos en Ruta 12

Crédito: 123452

A nuestra redacción, automovilistas hicieron llegar imágenes de animales sueltos sobre Ruta 12 kilómetro 1044, en cercanías de la Granja Yatay. En horas de la madrugada de este lunes, nuevamente aparecieron animales sueltos que fueron espantados por los conductores para evitar siniestros viales.



Cabe señalar que la Policía y Gendarmería recibe quejas permanentes sobre la presencia de animales sueltos en el mismo lugar, casi todos los días.



Varios accidentes ya ocurrieron en la misma zona, con personas fallecidas. "Es un problema constante", dijo una fuente policial.



A través de la LEY 5516 (CÓDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES) establece lo siguiente:

 





Animales sueltos



ARTÍCULO 107º.-  SERÁ sancionado con el equivalente de hasta cinco unidades de multa (5 UM) o arresto hasta un máximo de tres (3) días por cada animal, el propietario, tenedor, encargado y/o cuidador de animales de cualquier tipo o especie que fueran encontrados sueltos o atados, pero que pudieran causar daños, molestias o situación de peligro en caminos o espacios destinados al tránsito; exceptuándose los animales que sean transportados en tropa bajo estricto cuidado de los responsables.



Si los animales se encontraran o fueren abandonados en calles, caminos, o rutas, la sanción podrá triplicarse.



En caso de reincidencia, el infractor podrá ser pasible de arresto hasta un máximo de quince (15) días, no redimible por multa.



La autoridad policial procederá al secuestro del animal y lo depositará en corralones municipales, lugares habilitados al efecto o depositarios.



Si no se pudiere determinar el responsable o propietario de los animales secuestrados, o el mismo no se presentare en un plazo perentorio de tres (3) días hábiles desde el momento del secuestro, la autoridad contravencional dispondrá el decomiso y la venta inmediata de los mismos a un precio no menor al ochenta por ciento (80%) del vigente en plaza.



Si se tratare de animales que carezcan de valor económico o de interesados en su compra, o por su naturaleza resulten de interés para la conservación de la especie, la autoridad contravencional podrá disponer la entrega gratuitamente o cualquier persona con cargo de responsabilizarse de los mismos, o a una sociedad protectora de animales o institución análoga, o su sacrificio.

 





Concesionarios de peaje



ARTÍCULO 108º.-  SERÁ sancionado con el equivalente de hasta veinticinco unidades de multa (25 UM) por cada cabeza de ganado; las empresas concesionarias de peaje que, advertidas de la presencia de ganado mayor o menor; en las rutas nacionales, provinciales o en sus banquinas sujetas a su concesión, no realicen las diligencias necesarias para subsanar en forma inmediata tal circunstancia.  Sin perjuicio de las responsabilidades penales y/o civiles que pudieran corresponderle.

El usuario deberá informar al puesto policial más próximo al lugar, de la presencia de animales sueltos en la ruta, o a la empresa concesionaria. Patrulla Radial 

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web